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Las aguas canarias a debate

Narvay Quintero presenta una PNL para la defensa del estatus de Plena Autonomía Interna

 

  • Lancelot Digital
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    El diputado Narvay Quintero Castañeda ha presentado en el Parlamento una  Proposición No de Ley para la defensa del estatus de Plena Autonomía Interna, que ha sido redactada por la Plataforma por el Mar Canario (PxMC), mediante un acuerdo firmado entre el colectivo y la Agrupación Herreña Independiente (AHI). El Parlamentario regional y presidente de AHI se comprometió a defenderla en el Parlamento canario.

     

     

    Se trata de un acuerdo político entre la Agrupación Herreña Independiente (AHI) y la Plataforma por el Mar Canario (PxMC), conscientes de la necesidad de profundización en el Derecho Marítimo Internacional, como única vía para la definición legal sobre los espacios marítimos de Canarias, y acuerdan que el estatus que mejor protege el mar canario ante posibles injerencias de terceros Estados, es el de Plena Autonomía Interna, previsto en el art. 305,e de la Convención de la Naciones Unidas sobre los Derechos del Mar (Convemar).

     

    Con esta firma, ambas organizaciones pactan un compromiso político basado en la necesidad de confluir con las fuerzas institucionales representadas por Cabildos y Ayuntamientos en todas las islas del archipiélago, conjuntamente con otras organizaciones sociales de Canarias, como son las organizaciones sindicales, empresariales, y que unidos en la defensa de las especificidades históricas, para el desarrollo político, económico y social de Canarias en general, particularmente en los espacios marítimos y aéreos que circundan el conjunto del archipiélago.

     

    La AHI comparte con la Plataforma por el Mar Canario la defensa de un Territorio unido y equilibrado, con entidad propia y diferenciada, necesario para que Canarias progrese en un mundo cada vez más globalizado y competitivo.

     

    Para ello es necesario que se apueste por las máximas cotas de autogobierno, como así lo han decidido la mayoría de ayuntamientos y cabildos en todas Canarias.

     

    Es por todo ello que la Agrupación Herreña independiente reconoce la labor realizada por la Plataforma por el Mar Canario, y se compromete para que la Comunidad canaria obtenga la titularidad de todos los espacios marítimos y aéreos alrededor del archipiélago, de acuerdo a la Ley internacional del Mar, sin menoscabar la soberanía española.

     

    La AHI defenderá en todas las instituciones en las que tenga representación mociones en las que se defienda un estatus dotado con Plena Autonomía Interna. De acuerdo con los principios de la Convemar, en esas mociones se hará referencia a qua Canarias:

     

    Es un archipiélago, de acuerdo con et Tratado Internacional del Mar, art. 46.b y 305.e.

     

    Se dote del estatus de Plena Autonomía Interna que contemple, además de las aguas archipelágicas, delimitadas a través de trazar lineas de bases rectas que una los puntos exteriores de las islas, como un solo territorio compuesto por tierra, mar y cielo, y a partir de ahí, el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y en su caso, la Plataforma Continental correspondiente.

     

    PNL sobre el reconocimiento a Canarias del estatus de Plena Autonomía Interna (PAI) para la delimitación de los espacios marítimos

     

    El Convenio Internacional de Montego Bay de 1982, aplicable para España desde 1997 sin reservas, establece un régimen jurídico para las aguas interinsulares de los Archipiélagos de Estado que les discrimina respecto a los Estados Archipelágicos al no permitirles establecer el sistema de líneas de base rectas archipelágicas.

     

     

    La Ley 44/2010 de Aguas Canarias supone una manifestación política de intenciones de España que ya exterioriza la voluntad de pretender utilizar el criterio de delimitación de la línea de base recta archipelágica; sin embargo, la Ley excluye expresamente que se quiera modificar el régimen jurídico internacional vigente. Desde esta perspectiva, por el momento, se trata de una norma que tiene limitado el despliegue de  su eficacia jurídica plena.

     

    Por contra, varios Estados mixtos (formados por territorio continental y archipiélagos) han decidido establecer, total o parcialmente, el régimen de líneas de base rectas archipelágicas para sus archipiélagos (Ecuador con las Islas Galápagos, Dinamarca con las Islas Feroe, Noruega con el Archipiélago Spitzberg o Svalvard, Australia con las Islas Houtman o Portugal, parcialmente, con Madeira y Azores).

     

    La Constitución española y el Estatuto de Autonomía (EAC) definen a Canarias como un archipiélago, que, de acuerdo con el art. 46. 2, b) de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982 (CONVEMAR), ratificado el 14 de febrero de 1997 por el Estado español, se configura como un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que históricamente hayan sido considerados como tal.

     

    La reforma del Estatuto aprobada en noviembre de 2018 viene a resolver en el ámbito interno la cuestión, reconociendo nuestras aguas expresamente.

     

    Así, el art. 4 del texto dispone que: “1. El ámbito espacial de la Comunidad Autónoma de Canarias comprende el archipiélago canario, integrado por el mar y las siete islas con administración propia de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife, así como por la isla de La Graciosa y por los territorios insulares de Alegranza, Lobos, Montaña Clara, Roque del Este y Roque del Oeste. 2. Las aguas canarias se definen a partir del perímetro del Archipiélago, delimitado de acuerdo con el polígono de líneas de base rectas que unan los puntos extremos de las islas, de acuerdo con los convenios internacionales suscritos por España. 3. La Comunidad Autónoma de Canarias ejercerá las competencias atribuidas por el presente Estatuto en el ámbito espacial del archipiélago, definido en el apartado 1 anterior. 4. Las competencias estatales que, por su naturaleza, puedan ser ejercidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en el mar territorial y zona económica exclusiva, así como en el lecho marino y en el subsuelo de estos espacios marítimos, podrán ser transferidas o delegadas a esta, a través de los procedimientos previstos constitucionalmente.5. El trazado del contorno perimetral no alterará la delimitación de los espacios marítimos de las Islas Canarias tal y como están establecidos por el ordenamiento jurídico español en el Derecho Internacional vigente”.

     

    Este reconocimiento estatutario de que los espacios marítimos que nos circundan forman parte de Canarias supone dotarnos de una entidad o dimensión archipelágica, de tal manera que el archipiélago es considerado en su integridad, ampliando su territorio que abarca, además de los espacios terrestres, los marítimos. Pero se trata de Derecho interno del Estado español y es imprescindible que , en el marco de la CONVEMAR, se consolide esa consideración archipelágica y se delimite en el ámbito internacional, lo que reforzaría la posición para la delimitación también de la zona económica exclusiva.

     

    Los espacios marítimos de Canarias lindan con Portugal, Marruecos y el Sáhara, pero no han sido delimitados hasta el momento con acuerdos entre el Estado español y esos territorios, tal como exige la CONVEMAR.

     

    Especial problemática tiene la delimitación con Marruecos y el Sáhara por la proximidad de Canarias, por la existencia de recursos naturales en la zona y porque el Sáhara está en proceso de descolonización desde que España abandonó el territorio hace 46 años, a lo que se añade el reciente y controvertido reconocimiento por parte de España de que el plan de autonomía marroquí sobre el Sáhara es la solución “más creíble” al conflicto, posición unilateral del Gobierno español que contraviene las distintas resoluciones de la ONU sobre el derecho a decidir su futuro por parte del pueblo saharaui.

     

    Canarias no es un Estado archipelágico (Estado constituido totalmente por uno o varios archipiélagos), que sí tienen aguas archipelágicas, que se configura trazando líneas de base rectas que unan los puntos extremos de las islas más alejados del archipiélago y, a partir de esas líneas se extienden el mar Territorial (MT), la Zona Contigua (ZC), la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y la Plataforma Continental (PC).

     

    Es decir, que únicamente puede aplicarse, al no ser un Estado Archipelágico, el régimen normal de las islas, contenido en el art. 121 de la CONVEMAR, en virtud del cual los diferentes espacios solo se pueden delimitar a partir de cada una de las islas, lo que impide la configuración con el concepto jurídico de archipiélago de las aguas archipelágicas.

     

    La Plataforma por el Mar Canario como única organización canaria que se sustenta en la Ley Internacional del Mar, surgió tras el 2º Congreso Vecinal de Canarias, celebrado el 30 de marzo de 2003, en San Fernando de Maspalomas, organizado por la Confederación Canaria de Vecinal (CONCAVE) por la provincia de Tenerife, y la Confederación Vecinal Alcorac Guanche, de la provincia de Las Palmas, participando 130 Asociaciones Vecinales del archipiélago canario. Esta Plataforma ha venido presentando mociones bajo los conceptos estipulados en la Parte IV del Estatuto Jurídico del Mar, en los 88 Ayuntamientos canarios y en los cabildos insulares de El Hierro, La Gomera, Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote, recibiendo el apoyo unánime de todos ellos, en las que se demandaba el reconocimiento de la Plena Autonomía Interna, (artículo 305.e) para poder delimitar los espacios marítimos que corresponde a Canarias como archipiélago y no como islas.

     

    En efecto, la propia CONVEMAR, en su art. 305, e), prevé que los territorios que gocen de Plena Autonomía Interna reconocida como tal por las Naciones Unidas, y que tengan competencias sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados, puedan ser parte del Tratado, y ser considerado, sin serlo, como un Estado archipelágico, lo que permitiría no solo que Canarias participa -de pleno derecho- en la delimitación de sus espacios, sino que entre estos también se incluiría las aguas archipelágicas.

     

    En consideración a lo anterior, el Grupo Parlamentario Nacionalista Canario presenta la siguiente:

     

    Proposición no de ley

     

    El Parlamento de Canarias insta al Gobierno del Estado a que implemente las medidas legislativas y diplomáticas necesarias para que se reconozca a Canarias el estatus de Plena Autonomía Interna que le permita, al amparo del art. 305, e), ser parte de la Convención del Mar y así poder delimitar, a partir de las líneas de base rectas archipelágicas, los demás espacios marítimos.

     

     

     

     

     

     

     

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