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Abogados de la provincia de Las Palmas declaran persona "non grata" al ministro de Justicia

El motivo es que haya declara hábil el mes de agosto, un periodo tradicionalmente reservado para las vacaciones

 

  • Lancelot Digital
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    El Colegio de Abogados de Las Palmas ha declarado persona 'non grata' a Juan Carlos Campos, ministro de Justicia, "por proponer para su aprobación por el Gobierno del Estado el Real Decreto-ley 16/2020". En dicho documento se dictan medidas procesales y organizativas para hacer frente a la pandemia del Covid-19 en el ámbito judicial. 

     

    Este decreto declara, a todos los efectos, hábil el mes de agosto, un periodo tradicionalmente reservado para las vacaciones

     

    El comunicado difundido por el Colegio de Abogados de Las Palmas manifiesta que "se declara persona non grata al ministro de Justicia, Juan Carlos Campos por el grave quebranto de los derechos de la Abogacía al descanso necesario mediante la limitación de la jornada laboral y las vacaciones periódicas, un impedimento efectivo para la conciliación de la vida personal y profesional de nuestro colectivo, y una discriminación y desigualdad de trato ante situaciones idénticas, respecto a los operadores jurídicos públicos; desconsiderando sin motivos admisibles las peticiones que en tal sentido se le han hecho llegar en reiteradas ocasiones".

     

    Además, según ha informado Canarias7, los abogados han elevado una queja al Defensor del Pueblo para que promueva un recurso de inconstitucionalidad contra la medida porque supone "un grave quebranto y desconocimiento de los derechos de la Abogacía al descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral y las vacaciones periódicas, que según el artículo 40.2 de la Constitución, deberán fomentar las políticas de los poderes públicos".

     

    En el texto que ha hecho público el colectivo de magistrados, se añade que "es un evidente menoscabo del derecho de nuestro colectivo a la conciliación de la vida familiar y profesional, que protegen los artículos 14, 39, 40 y concordantes de la Constitución Española y el artículo 44.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo de Igualdad; una discriminación y desigualdad de trato ante situaciones idénticas, en contra del principio de igualdad ante la Ley que garantiza el artículo 14 de la Constitución Española".

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