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El Cabildo de Lanzarote convoca las ayudas educativas extraordinarias para el curso 2016-2017


La cuantía máxima de las mismas será de 2.000 euros y las bases se pueden consultar en el BOP número 142 de viernes 25 de noviembre de 2016 o en la web del Cabildo

 


Lancelot Digital

 

El Cabildo de Lanzarote ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (BOP número 8, miércoles 18 de enero de 2017) la convocatoria de ayudas educativas extraordinarias para el alumnado que cursa estudios oficiales universitarios de Grado, de Formación Profesional reglada y de enseñanzas artísticas profesionales y/o superiores fuera de la isla dentro del curso académico 2016-017, para garantizar su permanencia en los mismos, en los casos en que concurran circunstancias sobrevenidas con consecuencias económicas que impidan que puedan seguir estudiando.

 


“Estas ayudas educativas extraordinarias, dotadas con un importe total de 100.000 euros, nacieron con la vocación de sufragar los gastos de los estudiantes que cursan sus estudios oficiales fuera de la isla y que, durante el curso sufren circunstancias socioeconómicas sobrevenidas que les impiden seguir estudiando y asumir los gastos de su actividad, como de alojamiento, matrícula o desplazamientos requeridos, entre otros”, explica la consejera de Bienestar Social del Cabildo de Lanzarote, Lucía Olga Tejera.

 


La cuantía máxima de las mismas será de 2.000 euros y, según las bases (publicadas en el BOP número 142 de viernes 25 de noviembre de 2016 y en la web del Cabildo -www.cabildodelanzarote.com- o en el enlace directo goo.gl/YQMP2l), “éstas por primera vez se podrá solicitar cuando las circunstancias lo requieran; es decir, durante todo el curso académico”, apunta la consejera Lucía Olga Tejera.

 


Entre los criterios de otorgamiento de la ayuda, el Cabildo de Lanzarote tendrá en cuenta diferentes factores, como la situación social y familiar del solicitante; la condición de orfandad legal o ser integrante de familia monoparental. Asimismo, a aquellos solicitantes que dependan económicamente de pensionistas, perceptores de subsidio de desempleo o similares; tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, tanto la persona solicitante como cualquiera de sus progenitores o hermanos, en los términos previstos en el artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad y Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de Personas con Discapacidad; convivencia con uno o más familiares de 65 años (o más) en el domicilio en la misma residencia habitual de la unidad familiar; y se valorará también el aprovechamiento académico del solicitante.

 

En el caso de estudios de grado, el solicitante deberá estar matriculado de al menos el 75% de los créditos, y en el caso de los ciclos formativos de la totalidad de las asignaturas que componen el curso.

 

Presentación de solicitudes

 

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Cabildo; o bien a través de la sede electrónica en la dirección https://sede.cabildodelanzarote.com y de los registros de las administraciones públicas adheridas al programa de la Oficina de Registro Virtual (ORVE). También pueden remitirse por correo en sobre abierto para que el personal funcionario de Correos proceda a su certificación y envío.

 

Para facilitar este trámite de solicitud, también se podrán presentar en el Registro Auxiliar de la Consejería de Bienestar Social del Cabildo de Lanzarote, situado en las dependencias ubicadas la Rambla Medular número 46 de Arrecife, donde además podrán recibir información sobre las bases y la documentación requerida para cumplimentar la misma.

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