La ordenanza de actividades clasificadas e inocuas de Arrecife, a punto
De ser aprobada la iniciativa de CC, la capital contará por primera vez con una reglamentación de este tipo
El portavoz del Grupo Nacionalista en el Ayuntamiento de Arrecife, Echedey Eugenio, ha anunciado el sentido del voto sobre la aprobación de la ordenanza de actividades inocuas que Arrecife llevará a pleno este viernes “permitiendo que la capital cuente por primera vez en su historia con un reglamento de este tipo ampliamente demandado, por lo que votaremos a favor de su aprobación”.
La citada ordenanza, que surge por iniciativa el Área de Actividades Clasificadas del Ayuntamiento de Arrecife que dirige Maciot Cabrera, obedece, a juicio del propio edil, “a la necesidad de reducir y simplificar los trámites y cargas administrativas estableciendo un instrumento de intervención mediante el acto comunicado y posterior control de la administración en detrimento del antiguo concepto de licencia previa para el reconocimiento de un derecho o ejercicio de una facultad”.
De este modo, las actividades inocuas que se desarrollen en establecimientos industriales y mercantiles estarán sujetas, a partir de la entrada en vigor de la ordenanza, a los medios de intervención previstos en la misma, conforme a lo establecido en el artículo 22 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
La importancia de la referida ordenanza reside en que en la misma se contemplan las actividades clasificadas o inocuas que quedaron exceptuadas en el marco normativo por lo que el Ayuntamiento de Arrecife, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, asume la tarea de introducir la regulación de las actividades de este tipo que tanto el legislador estatal como el autonómico han excluido del ámbito de aplicación de su legislación en materia de actividades.
Por lo tanto, a partir de su entrada en vigor, será necesario para el desarrollo de actividades clasificadas e inocuas, la presentación de la comunicación previa y declaración responsable, acompañada de la documentación prevista en la ordenanza, que permitirá con carácter general, el reconocimiento o ejercicio de un derecho, o bien, el inicio de una actividad, desde el día de su presentación en el Registro General del Ayuntamiento, sin perjuicio de las facultades de comprobación, inspección y control que tengan atribuidas las administraciones públicas.
A modo de resumen, ha explicado Cabrera, se considerarán infracciones administrativas, a efectos de esta ordenanza, “las acciones y omisiones que vulneren o contravengan la ordenación contenida en la misma” que serán sancionadas con multas de hasta 750 euros, en los casos de infracciones leves, hasta 1.500 euros en las referidas como graves, y hasta 3.000 euros para las consideradas como muy graves.