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La pieza del caso 'Unión' sobre los pagos a Proselan ya tiene sentencia

Carlos Sáenz, Rafael Arrocha y José Daniel Hernández son condenados a cinco años y tres meses de cárcel, mientras a José Miguel Rodríguez sólo se le impone una pena de año y cuatro meses tras confesar y devolver parte del dinero malversado

 

Yolanda Téllez

Foto: Jesús Betancort

 

La pieza del caso 'Unión' en la que se investigaba el pago de más de 250.000 euros a la empresa de electricidad Proselan ya tiene sentencia. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha condenado a cinco años y tres meses de prisión al interventor de Arrecife, Carlos Sáenz, al que era jefe entonces de la Oficina Técnica, Rafael Arrocha, y al empresario José Daniel Hernández, mientras que para José Miguel Rodríguez, ex concejal del Ayuntamiento capitalino, fija una pena de un año y cuatro meses de cárcel, los que había solicitado el fiscal tras haber confesado que prevaricó. "Reconozco que he podido beneficiar a terceros con mi firma", fueron las palabras de Rodríguez durante el juicio, que le sirvieron para que la sala considerara como atenuantes la confesión de los delitos y la reparación del daño, pues también devolvió parte del dinero malversado.

 

A Saénz, Arrocha y Hernández se les condena también a nueve años de inhabilitación, mientras que a José Miguel Rodríguz se le inhabilita por espacio de tres años. A todos ellos se les condena a devolver de forma solidaria al Ayuntamiento de Arrecife los 251.953,60 euros malversados, declarando la responsabilidad civil subsidiaria de la mercantil Proselan respecto a la cantidad de 126.674 euros.

 

La sala considera probado que los ahora condenados "se concertaron para que, previa presentación de facturas que no se correspondían con la realización de servicio alguno para el Ayuntamiento de Arrecife, obtener el abono de las mismas con cargo a fondos públicos y a favor de José Daniel Hernández o de la mercantil Proyectos y Servicios de Lanzarote 2008 S.L.".

 

Guiados por esta finalidad, continúa el tribunal los acusados "aparentaron" la contratación de la empresa de José Daniel Hernández "al calificar las prestaciones que dicha entidad simularía ejecutar como contrato menor de obras, evitanto de esta manera la necesidad de externalización de tales servicios y la consiguiente contratación pública de forma que se enmascarase el verdadero fin pretendido". Ello se hizo "sin tramitar ningún expediente administrativo de contratación legalmente exigible que garantizase la transparencia, objetividad, igualdad, concurrencia y legalidad en su adjudicación y soslayando íntegramente la normativa administrativa reguladora del abono de obligaciones contraídas por el Ayuntamiento establecidas en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal".

 

Siempre guados por esta finalidad "de menoscabar los fondos públicos", los acusados "crearon la apariencia de la ejecución de diversas prestaciones en las fiestas de Carnaval y en las de diferentes barrios", "sin que en el referido Ayuntamiento se tramitara expediente alguno para la adjudicación de las referidas prestaciones, bien a Instalaciones Eléctricas José Daniel Hernández Arráez, bien a la mercantil Proselan".

 

Igualmente, la Audiencia Provincial considera probado que, en ejecución de "este plan concebido y a fin de aparentar la realidad de la contratación", el acusado José Daniel Hernández "confeccionó una serie de presupuestos que no respondían a proyecto alguno de obra, documentos que no fueron presentados en registro alguno en el Ayuntamiento de Arrecife, constando en los mismos únicamente la firma de su redacto así como, a fin de aparentar la regularidad administrativa de su presentación, la firma del acusado Juan Rafael Arrocha, así como el sello de la Oficina Técnica".

 

Entre 2008 y 2009, José Daniel Hernández presentó hasta 14 facturas por un total de casi 350.000 euros, "con perfecto conocimiento de que las mismas no se correspondían a la prestación de servicio alguno". De ellas, se le llegaron a abonar 251.293,60 euros con el visto bueno de los otros tres acusados, según se recoge en la sentencia. Las facturas fueron "fraccionadas", facturando "separadamente las labores de montaje y desmontaje, pese a que respondían a una misma operación", con la única finalidad, a juicio de la sala, de "no sobrepasar" las cantidades que se fijan como límite para el contrato menor, "impidiéndose de esta manera la correcta fiscalización de los pagos indebidamente efectuados".

 

Ordena abrir diligencias contra un perito de Proselan "por falso testimonio"

 

Por otro lado, la Sección Sexta de la Audiencia Provincia ordena abrir diligencias contra un perito de Proselan, por posible "falso testimonio". "Entendemos que este perito faltó groseramente a la verdad, por lo que estamos en la obligación de deducir testimonio por la posible comisión de un delito contra la administración de justicia”, se señala en la sentencia.

 

Y es que, según se recuerda en la misma, José Manuel Padillo Rivadimar aseguró durante el juicio, a pesar de no haber efectuado "informe alguno", que los presupuestos eran "conformes a la realidad" y que él en persona "vio cómo se ejecutaba la instalación". Sin embargo, cuando fue requerido para que explicara por un lado como podía dar fe de la instalación, señaló "que así se lo pidió el instalador como prueba de la obra (es decir a manera de coartada) sin que le abonara cantidad alguna (y hemos de suponer que también verificó la extraña partida de vigilancia nocturna)", se recoge en la sentencia. "Cuando se le preguntó sobre las fiestas de Argana Baja, celebradas en el centro sociocultural, se limitó a señalar que verificó instalaciones exteriores, de innecesario montaje en ese caso añadimos nosotros", añade el tribunal.

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