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Nueva victoria de San Bartolomé contra Aena en los tribunales


El TSJC ha dado la razón al Consistorio en el pleito por la tasa de basura, considerando que la liquidación por importe de 149.110 euros es "ajustada a derecho"

 

 

Lancelot Digital


El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas ha dado la razón nuevamente al Ayuntamiento de San Bartolomé frente a Aena, en esta ocasión por el pleito que mantenían por la tasa de basura.

 

Tal y como recuerdan desde el Consistorio, Aena había interpuesto un recurso contra la liquidación de la tasa por la prestación del servicio de recogida de basura comercial del ejercicio presupuestario 2010, girada por un importe de 149.110 euros, “utilizando como principal argumento para su defensa que el servicio de recogida de basura únicamente recoge un 10% del total de basura, justificando así que no le correspondería abonar esta cifra porque según Aena había un incumplimiento del principio de equivalencia entre el coste del servicio y el importe de la tasa solicitada". De esta forma, apuntan desde el Consistorio, pretendía pagar la "irrisoria" cuantía por el servicio de unos 3.000 euros.

 

Una sentencia de 12 de noviembre confirma que la liquidación practicada por el Ayuntamiento de San Bartolomé por importe de 149.110 euros es "ajustada a derecho", ya que la cuota a pagar en concepto de tasa va en función de los metros cuadrados del inmueble o local y el tipo de actividad, además de indicar que constituye un hecho acreditativo la efectiva prestación de servicio.

 

El Ayuntamiento de San Bartolomé acreditó que se presta el servicio en aquellos puntos donde se le permite el acceso "no pudiendo extender el servicio a todo el recinto aeroportuario por no tener acceso, motivos ajenos a la voluntad de la Corporación". Según la sentencia, “lo que no puede pretender Aena es que el servicio público se adapte a sus conveniencias y necesidades”. “Aena tiene que cumplir con la seguridad y también con la obligación de poner la basura fuera de la zona restringida, empeñándose en ponerla donde no tiene acceso el Ayuntamiento”, añade.

 

Esta sentencia se suma a los cinco recursos contenciosos que Aena ha interpuesto contra las liquidaciones de las tasas de basura comercial de los ejercicios presupuestarios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, ya ganados los de 2011 y 2010 por parte del Ayuntamiento. "Se vuelve a hacer justicia en un asunto de vital importancia para los intereses generales, ya que Aena, como cualquier otro vecino, está obligada a abonar dicha tasa municipal por la prestación de un servicio que tiene el carácter de esencial y obligatorio para la comunidad vecinal, y evidentemente con un importe mayor, debido a la superficie del recinto aeroportuario y a las toneladas de basura que genera la actividad aeroportuaria, sobre todo teniendo en cuenta que la finalidad de la tasa es la financiación del coste de los servicios públicos”, señala la alcaldesa, Loli Corujo.

 

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