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Consideraciones a la condena de Gladys y a las mías


Por Dimas Martin

 

A través de los medios de comunicación he tenido conocimiento de la injusta, desproporcionada e inmerecida sentencia por la que fue condenada Gladys, según su propia afirmación. Nadie mejor que yo puede comprender el estado de ánimo que le afecta, el desasosiego, impotencia y tristeza que se siente al verse condenado injustamente.

 

En su comparecencia ante los medios de comunicación hizo hincapié en el voto particular emitido por el Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en desacuerdo con la resolución de sus compañeras que formaban parte del tribunal que le juzgó y condenó. Igual que el voto particular emitido en su dia por el presidente del tribunal que me juzgó y condenó en el denominado caso del “COMPLEJO”, en desacuerdo con la sentencia emitida por sus compañeros de tribunal. Fui condenado a ocho años de privación de libertad, que he cumplido íntegramente; a quince años de inhabilitación para ejercer cargo público y al pago de 2,5 millones de euros de responsabilidad civil que, curiosamente, nadie reclamó ni ha reclamado posteriormente. Lo que es más doloroso es que se me haya condenado sin una sola prueba que avalara tal condena, sólo por “indicios razonables", según la ponente de dicha sentencia.

 

Las personas de bien que asistieron al susodicho juicio, tengo el presentimiento de que salieron con el convencimiento de que lo que alli se celebró no fue un juicio encaminado a esclarecer los hechos sino a conseguir mi condena. Los otros dos imputados, don Higinio Hernández Rodríguez y don Ismael Brito Morales, previo acuerdo con el fiscal y el abogado contrario, no tuvieron escrúpulos ni remordimientos en mentir descaradamente para facilitar mi condena y su absolución.

 

He intentado por todos los medios jurídicos a mi alcance que se revise dicha causa y lo único que he conseguido hasta ahora ha sido la indiferencia y el endurecimiento en el tratamiento penitenciario.

 

Gladys concedió una licencia amparada en los informes favorables emitidos por los técnicos municipales como, estimó, era su obligación, y a pesar de ello ha sido condenada. Lanzarote está sometida a una preocupante inseguridad juridica de la que nadie está a salvo y que hace imposible el desarrollo de la actividad política de forma normalizada, sin sucumbir al temor, pues a pesar de tomar acuerdos y resoluciones amparados en las garantias legales que los servicios jurídicos y técnicos de las instituciones te prestan, te puedas ver imputado e injustamente condenado. No puedo dejar de hacer mención a lo ocurrido en el juicio por la construcción de los baños de Los Dolores, en el que fui condenado a dos años y nueve meses de privación de libertad que he cumplido integramente. Los mismos técnicos pertenecientes al Patrimonio Histórico dependientes del Cabildo Insular de nuestra isla que emitieron los informes favorables y las recomendaciones por las que se ejecutó dicha obra don Manuel Perdomo y doña Nona Perera, fueron los testigos de cargo propuestos por la fiscalía no para que se reafirmaran en sus informes como tendria que haber sido su obligación por lealtad a la institución de la que formaban parte, por rigor profesional y por honor a la verdad, sino para acusarme falsamente. Supongo que siguiendo instrucciones de algunos miembros del partico socialista denunciante de dicha obra y el beneplácito del Sr. Fiscal.

 

Aún hoy nadie ha dado una explicación de porqué treinta minutos antes del inicio del juicio en el que fui condenado fue sustituido el juez titular por una jueza sustituta, licenciada en Derecho, íntima amiga de una proveniente familia socialista de nuestra isla. Al parecer, y tras la celebración del juicio, al no haber conseguido la titularidad como jueza por su incapacidad (¿Qué se lo habían prometido?), se fue de pasante a un despacho de abogados de Barcelona.

 

Quiero transmitirle a Gladys mi solidaridad en el convencimiento de que en su recurso ante el Tribunal Supremo encontrará la “suerte y justicia” que yo no encontré, que sin duda le devolverá la inocencia que ella proclama. Al menos en su sentencia, el tribunal sentenciador ha aplicado la lógica y equidad de condenar sólo a inhabilitación, acotando la misma al cargo donde supuestamente se cometió el delito, y no a privación de libertad más inhabilitación como se ha hecho conmigo en todos los casos por los que he sido condenado.

 

He seguido a través de los medios de comunicación locales las consideraciones plasmadas en la sentencia que nos ocupa por el Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que hace referencia a los excesos de acusaciones y, por ende, de calificaciones del Sr. Fiscal en esta causa concreta. Es una luz de esperanza para los que hemos sufrido y seguimos sufriendo esos excesos, que tan alto representante de la judicatura en Canarias tome conciencia de un hecho que es público y notorio. A las consideraciones hechas por el Sr. Presidente se unen las manifestaciones realizadas por el Excmo. Sr. Fiscal General del Estado que viene a decir “Las acusaciones realizada por personas imputadas o no sin pruebas que las avalen no deben tomarse en cuenta a efectos de condena y deben tener reproche penal”. En definitiva, el Sr. Fiscal viene afrontar, entre otros, algo tan grave y espurio como las acusaciones sin pruebas que las respalden hechas por particulares o por un imputado contra otro para conseguir
mediante acuerdo con la fiscalía la descarga de sus posibles responsabilidades y la condena del otro creando una absoluta indefensión en el acusado. Indefensión que se acrecienta con las inauditas y frecuentes filtraciones a algunos medios de comunicación del contenido de procedimientos que se encuentran bajo secreto sumarial.

 

Entiendo que la fiscalía no solo debe practicar el principio acusatorio sino también velar por los derechos fundamentales de los acusados como es su obligación.

 

Viene aqui a colación lo ocurrido en el juicio conocido como “caso Batllori”, en que la petición fiscal fue desmesurada, afortunadamente corregida en parte por el Tribunal Supremo en el recurso de casación. Debe reseñarse que dicha condena se basó exclusivamente en lo manifestado por un imputado, don José Miguel Rodríguez (Q.E.P.D.), al que el tribunal dio “credibilidad” despreciando las manifestaciones realizadas por testigos de prestigio pertenecientes al Gobierno de Canarias, representantes de empresas públicas, autoridad portuaria, magistrados, etc. Sorprendentemente en las mismas condiciones de contratación que el Sr. Batllori se encontraban otros quince asesores de lnalsa y del Ayuntamiento de Arrecife, algunos de ellos directamente relacionados con los denunciantes, y que yo sepa nunca el fiscal inició investigación sobre los mismos a pesar de tener conocimiento de ello. La fiscalía no debe actuar como un ente inquisidor creando con sus excesos de acusaciones y calificaciones... En procedimientos donde se ven implicados determinados políticos o
relevantes empresarios, una artificial alarma social que permite el linchamiento mediático y los juicios en paralelo que tan irremediables daños producen en los acusados y por añadidura injustas condenas.

 

La vida pública de Lanzarote está profundamente judicializada como consecuencia de la incapacidad de sus gobernantes para elaborar proyectos que den respuestas y soluciones a los problemas de los ciudadanos. Se utilizan los tribunales para conseguir a través de ellos lo que las urnas niegan, practicar el canibalismo político contra compañeros de partido “molestos” para sus intereses personales, contra funcionarios que se niegan a ser sumisos o adversarios que nunca pudieron vencer en una confrontación electoral como ha sido mi caso.

 

En la historia contemporánea de Canarias ningún otro político se ha visto sometido a la encrucijada judicial en que me he visto yo. Si repasamos las hemerotecas se podrá comprobar que a lo largo de estos años han sido imputados presidentes de gobierno, diputados, consejeros autonómicos, presidentes de cabildos, alcaldes, consejeros, concejales... ¿Cuántos han sido condenados y privados de libertad?

 

Por qué se me ha condenado siempre a la pena máxima solicitada por el fiscal? ¿Por qué se me han hecho cumplir las penas íntegramente cuando eso no se aplica ni en los delitos más graves, incluido los de sangre y terrorismo? ¿Por qué nunca se me ha estimado ni un solo recurso? ¿Por qué siempre se me ha condenado teniendo como prueba lo manifestado por otros imputados mientras éstos han sido absueltos? ¿Se me están haciendo cumplir las condenas no sólo por lo emanado de las sentencias sino también por la “justicia” mediática y críticas de bar? ¿Tiene algo que ver mi situación con el enfrentamiento que en su día tuve como Presidente del Cabildo de Lanzarote con un ex ministro de Justicia español? ¿Si hubiera pertenecido a alguno de los partidos políticos de ámbito estatal o autonómico hubiera sido condenado?

 

Lanzarote, históricamente, ha sido tierra de injusticias y caciques; éstos ejercen sus influencias a través de “honorables” despachos de abogados, relevantes puestos políticos o de la administración o “fundaciones culturales” que actúan como partidos políticos sin asumir responsabilidades, valiéndose de esas influencias y usando los métodos más ilegítimos que se puedan imaginar para acabar con todos aquellos que les puedan molestar en sus mezquinos intereses crematísticos.

 

Las inmorales practicas y la situación política que vive Lanzarote, creo obliga a todos, incluida doña Gladys, a una profunda reflexión sobre las mismas y del presente
y futuro de nuestra isla.

 

De lo que si estoy plenamente convencido es que a través de estas prácticas inmorales lo que se pretendía y consiguió fue apartarme de la vida política en beneficio de aquellos a quien molestaba.

 

Ahora que se ha puesto de actualidad el “crimen de María Cruz”, por la reciente publicación del libro escrito por la periodista doña Concha Deganzo, recomiendo su lectura pues en él viene perfectamente reflejado como actuaban y actúan los caciques de Lanzarote y quienes eran y son sus cómplices.

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