Absueltos los propietarios de Bermejos
El tribunal considera que las obras de ampliación de la bodega son legalizables aplicando la Ley del Suelo. Pinche aquí para ver la sentencia
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El Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife ya ha dictado sentencia sobre el juicio por la ampliación de Bodegas Los Bermejos absolviendo a sus propietarios. Y es que, el tribunal consideran que las obras son legalizables aplicando la recién aprobada Ley del Suelo.
La sala hace suyos los argumentos de la perito de la defensa, que emitió un informe en el que concluyó que las obras pueden ser convalidadas. "Informe que emite esta perito que es riguroso, además de ser el más exhaustivo y amplio de cuantos obran aportados a las actuaciones", añade el tribunal.
La arquitecta explicó en el plenario "con contundencia" que no estaba de acuerdo con la apreciación del exdirector de la Oficinal del Plan Insular del Cabildo, Leopoldo Díaz, en cuanto a que deba prevalecer el Plan Insular, puesto que nunca llegó a adaptarse a la normativa en vigor. La perito argumentó además "de forma lógica y con convicción" que el PIOL y las normas subsidiriarias permiten por razones de interés público la autorización de determinadas obras, que previamente deben someterse a evaluación de impacto, orientadas a prevenir el peligro del abandono de prácticas agrícolas
En este caso, estando acreditado que la bodega ya existía previamente, desde antes de 1994, explicó que las infraestructuras de la Bodega Los Bermejos "suponen mantener y potenciar las prácticas tradicionales agrícolas evitando el peligro del abandono de las mismas que desde antiguo vienen desarrollándose", manifestando asimismo que "ha tenido conocimiento del contenido de la nueva Ley del Suelo, la cual autoriza en cualquier suelo rústico las bodegas".
De esta forma, la sala deshecha los argumentos de Polo Díaz, que en un informe y también durante el juicio declaró que las obras no eran legalizables puesto que, al "estar anulado" el Plan Especial de La Geria, "sólo cabe aplicar el Plan Insular" considerando a su que las obras no se encuentran, a su juicio, "en uno de los supuestos autorizables por razones de interés público o general en cuando a su relevancia opuesta al abandono de cultivos". En la sentencia se recoge además que el exdirector de la Oficina del Plan Insular incurrió "en contradicción" cuando fue preguntado por si conocía la nueva Ley del Suelo y declaró que "no", señalando "con posterioridad que cree que ha leído que, de acuerdo a dicha ley, se van a permitir las bodegas en cualquier clase de suelo rústico". Asimismo, recuerda la sala que el informe emitido por Polo Díaz "es contrario" al realizado por el arquitecto técnico de la Oficina del Plan Insular "que sí considera legalizables las obras a excepción de algún extremo puntual".
Así, el Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife ha decidido absolver a los propietarios de Bermejos, que se enfrentaban a un año y medio de cárcel por un delito contra la ordenación del territorio y otro de desobediencia grave. "Prescindiendo de la nueva normativa de la Ley del Suelo todavía no en vigor que permitirá las bodegas en cualquier tipo de suelo rústico, normativa que si bien no está vigente sí lo será en septiembre, por lo que no es un cambio legislativo hipotético, y atendiendo a la valoración de la prueba pericial practicada de que no cabe excluir el carácter autorizable/legalizable de las obras ante la existencia de informes contradictorios periciales aportados en la causa y las explicaciones dadas por los peritos al respecto, no cabe una respuesta pena conforme a la jurisprudencia mayoritaria imperante en esta material, imponiéndose en consecuencia un pronunciamiento absolutorio en esta resolución", sentencia. Se recoge además la declaración de nulidad del Plan Especial de La Geria no es firme en cuando se ha recurrido en casación. Así, se llega a la conclusión de que se está ante "una obra susceptible de ser legalizada" por lo que "no existiría delito alguno".
"La conducta de los acusados no denota la voluntad de actuar contra la ley"
Respecto al delito de desobediencia grave del que estaban acusados los propietarios de Bermejos por quitar el precinto de las obras ordenado por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el Juzgado considera, al contrario, que "la conducta desplegada por los acusados no denota la voluntad de actuar contra la ley o de forma clandestina, sino todo lo contrario".
Al respecto, se recuerda que, según declararon en el juicio, solicitaron permisos al Ayuntamiento de San Bartolomé para las obras "sin recibir respuesta alguna" por lo que entendieron que podían realizarlas. Tampoco recibieron respuesta cuando pidieron en abril de 2005 el levantamiento de la suspensión de las obras para la correcta adecuación de los depósitos que estaban en el exterior de la bodega para instalarlos en el interior. Además, en las actuaciones obraba la solicitud y documentación dirigida al Gobierno de Canarias para regularizar la bodega de acuerdo al Plan Especial de La Geria, por lo que la sala considera que "tampoco se aprecia en el supuesto la necesaria persistencia o reiteración en el incumplimiento de la orden o mandato, por lo que no podría calificarse de grave la conducta".
Asimismo, el tribunal pone de manifiesto que el requerimiento de la Apmun no se efectuó al acusado José Carmelo González, que era el representante de la entidad, promotor de las obras y propietario de la finca, sino a la entidad arrendataria, Bodegas Los Bermejos, y a su representante, José Ignacio Valdera, quien declaró que él no era responsable de las obras, por lo que faltó "el requisito de requerimiento de modo personal y concreto".
Recordar que, en principio, los acusado se enfrentaban a dos años y nueve meses de prisión y a una multa de 6.480 euros pidiéndose además la demolición de las obras, aunque el fiscal rebajó su petición de pena durante el juicio a un año y medio de cárcel pidiendo una multa de 4.320 euros habiendo sido finalmente absueltos.