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Batacazo del Supremo a los bancos

Son las entidades y no los clientes quienes tienen que pagar los gastos de hipoteca 

 

  • Lancelot Digital
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    El Tribunal Supremo establece que quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras ante notario de las hipotecas es la entidad que presta el dinero, no el cliente como hasta ahora. Supone cambiar el criterio que el propio Supremo señaló en febrero.

     

    La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha llegado a esta nueva conclusión en una sentencia del 16 de octubre, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Cudero. En su resolución, el Supremo interpreta a favor del prestatario (es decir, el cliente que se hipoteca) la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

     

    Para ello el tribunal tiene en cuenta una teoría de la que ya advertían expertos que dice que el único interesado en que se inscriba un préstamo con escritura pública es el banco, porque solo con esa inscripción podrá después ejecutar la hipoteca si, por ejemplo, hay impagos. Eso es un privilegio que se le otorga a quien presta el dinero en una hipoteca y, por eso, debe pagar los costes de su inscripción, señalan los jueces.

     

    Según las fuentes jurídicas consultadas los bancos tendrán que hacerse cargo de este impuesto en las hipotecas que se firmen a partir de ahora. Para las anteriores, se da por seguro que el cliente podrá reclamar los impuestos pagados en los últimos cuatro años (el plazo de prescripción de los pagos de impuestos), pero no está claro si la reclamación tendrá que hacerse ante la Agencia Tributaria o ante los bancos. La sentencia se ha notificado a primera hora de este jueves y ni el Gobierno ni las entidades se han manifestado aún sobre cómo tendrá que reclamar el cliente.

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