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El Supremo rechaza el recurso del Cabildo contra el reparto de los fondos del REF

El alto tribunal da la razón al Gobierno de Canarias, como ya hizo el TSJC hace un año

 

Lancelot Digital

 

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el Cabildo de Lanzarote contra la liquidación de los recursos del REF de 2010, dando así la razón al Gobierno de Canarias, tal y como ya hizo hace un año el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

 

En la sentencia se recuerda que la ley vigente desde 2003 creó el Bloque de Financiación Canario, en el que se aglutinan los ingresos anuales obtenidos por la redacudación del IGC, el arbitrio sobre importancias y entrega de mercancias en las Islas Canarias y el impuesto especial sobre determinados medios de transporte fijándose que el reparto sería del 58% para cabildos insulares y ayuntamientos y el 42% para el Gobierno de Canarias.

 

Sin embargo, por otro lado había una disposición transitoria, que es en la que el Cabildo basaba su recurso, en la que se decía que “el Gobierno de Canarias, con cargo a sus fondos, garantizará a todas las islas una aigsnación equivalente a la que vinieran percibiendo en el ejercicio que finaliza el 31 de diciembre de 2002”.

 

Según la sentencia, el Cabildo mantenía “que la garantía asegura la percepción de unos ingresos iguales a los recibidos por cada una de las entidades insulares en el ejercicio 2002, con lo que cualquier disminución de los mismos debe compensarse con los recursos que corresponden al Gobierno de Canarias, incluso cuando la recaudación no suere lo obtenido”.

 

Sin embargo, el Tribunal Supremo entiende que “sólo alcalza a compensar la minoración de las cantidades a percibir producidas por la apliación del nuevo método de reparto empleado hasta la entrada en vigor de la nueva ley”, y “en ningún caso a la disminución de los recursos a percibir como consecuencia de una minoración en la recaudación”.

 

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