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Yaiza afirma que la desaladora de Montaña Roja "no necesita" licencia de actividades clasificadas

El Ayuntamiento de Yaiza ha emitido un comunicado aclarando la nota remitida por el Cabildo sobre Club Lanzarote

 

El Ayuntamiento de Yaiza considera que la polémica desaladora del Plan Montaña Roja no necesita la licencia de actividades clasificadas. De esta manera, la alcaldesa de Yaiza, Gladis Acuña, responde al comunicado emitido este martes por el Cabildo de Lanzarote dónde consideraba que esa potabilizadora, que suministra el agua a los vecinos, apartamentos y hoteles del Plan Montaña Roja, tendría que ser clausurada al carecer de licencia.

 

 

La Primera Corporación insular consideraba que era un error de Yaiza al confudir la documentación del expediente. Señalaban que el pasado 23 de enero, el Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife solicitó mediante un requerimiento al Consistorio sureño que remitiera la licencia de actividad clasificada para la industria.

 

El Cabildo de Lanzarote afirma que la planta desaladora del Plan Parcial Montaña Roja "carece de licencia de actividades clasificadas, cuya consecuencia jurídica debe ser la clausura del establecimiento y cese definitivo de la actividad de esta industria, según establece la legislación vigente".



Según la corporación, Yaiza cometió un "error" confundiendo la documentación del expediente. El pasado 23 de enero, el Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife solicitó mediante un requerimiento al Consistorio sureño que remitiera la licencia de actividad clasificada para la industria desaladora del Plan Parcial Montaña Roja. En respuesta al requerimiento ejercitado por el Juzgado, el Ayuntamiento de Yaiza, mediante oficio de 17 de enero de 2017, envió un documento considerando que se trataba de una copia de la licencia de actividad.



"Sin embargo, el 19 de mayo, como consecuencia de una solicitud en la que se le requería para que remitiera copia del expediente completo de la licencia de actividades clasificadas de industria desaladora y, en concreto, la solicitud de licencia de actividad clasificada presentada, el proyecto técnico adjunto a la solicitud, así como los informes técnicos municipales y la licencia, el Ayuntamiento de Yaiza detectó que el documento que en su día envió al Juzgado, evidentemente no era una licencia de actividad clasificada, debiéndose a un error", aseguran desde el Cabildo. "Precisamente, al percatarse de dicho error, el Ayuntamiento ha dirigido escrito al Juzgado en el que se indica que "no consta la existencia ni de expediente de licencia de actividad clasificada ni de licencia de actividad clasificada".

 


Respuesta de Yaiza

 


Por su parte, desde el Consistorio sureño han querido dar su versión de los hechos y han señalado seis puntos concretos que quieren aclarar.

 

Aseguran en primer lugar que el Ayuntamiento de Yaiza registró en el Juzgado de Instrucción No. 2 de Arrecife un escrito con fecha de 17 de mayo de 2017 precisando que el mismo se presenta al objeto de realizar una “modificación – aclaración” a la respuesta emitida en el informe previo de 17 de enero de 2017, que fue remitido al Juzgado a razón de requerimiento efectuado en las Diligencias Previas 3320/2014 incoadas tras la querella de Club Lanzarote contra los intervinientes en la incautación de la Planta Desaladora de Montaña Roja.

 


En segundo lugar señalan que "la necesidad de tal aclaración se puso en evidencia a razón de un escrito presentado ante el Ayuntamiento, por uno de los investigados en dicha causa, en la que se solicitaba, entre otros asuntos, “el expediente completo de la licencia de actividad clasificada, así como proyecto e informes técnicos emitidos”.

 

En tercer lugar, aseguran que el Ayuntamiento expresamente detalla que no consta tramitación de expediente municipal de licencia de actividad clasificada conforme a Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Y que el documento remitido en el informe de enero de 2.017, “consiste en la respuesta dada por el Ayuntamiento de Yaiza, firmada por el alcalde en fecha 8 de agosto de 1.988, en la que se informa favorablemente su petición en relación al escrito de fecha de 10 de junio, por el que se solicitaba conformidad municipal para la venta, distribución y producción de agua que se genera en la planta potabilizadora ubicada en la Urbanización Montaña Roja”.

 


Además, el Ayuntamiento de Yaiza recuerda que la normativa, entonces en vigor, no contemplaba la desalación de agua como actividad clasificada, eso explica que no exista expediente municipal de actividad clasificada conforme al Decreto de 1961 anteriormente citado. Y ello también explica, que por la Corporación municipal se entendiera necesario emitir el informe de modificación-aclaración remitido al Juzgado.

 

Recuerdan también que "conviene recordar que la actividad de desalación no se encuentra entre las reguladas en la legislación vigente de Actividades Clasificadas (Ley 7/2011 y sus reglamentos)", y por ese motivo apuntan que "esta Institución se ve en la obligación de aclarar el comunicado emitido por el presidente del Cabildo de Lanzarote para evitar la confusión pública genera".

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