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Se le acaba el chollo a los okupas abusadores

El Congreso ha aprobado hoy el 'desalojo exprés' para viviendas de particulares, entidades sin ánimo de lucro y pertenecientes a las administraciones públicas

 

  • Lancelot Digital
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    Gracias a la medida aprobada hoy, con la finalidad de garantizar el derecho a la propiedad de los particulares y las administraciones públicas, será posible expulsar a los okupas en cuestión de días, frente a los meses, e incluso años, que hasta ahora podía durar el desalojo de intrusos en la vivienda de un particular. Este es el objetivo de la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil que se ha aprobado en la Comisión de Justicia del Congreso.

     

    Se trata de una proposición auspiciada por el PDeCAT y apoyada por el PP, Ciudadanos y el PNV. El texto ha contado con la oposición del grupo confederal Unidos y Podemos, Esquerra Republicana y el PSOE. Una modificación que será remitida al Senado donde, según la composición actual de la cámara, quedará aprobada definitivamente.

     

    De acuerdo con el articulado que se pretende modificar en la ley, las viviendas pertenecientes a personas físicas, a entidades sociales y las de administraciones públicas serán beneficiarios de este nuevo procedimiento de desahucio solicitando "la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento".

     

     

    Desalojo en menos de 20 días

     

    Esta modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil "en relación a la ocupación ilegal de inmuebles" prevé que el desalojo se produzca en menos de 20 días estableciendo un procedimiento agilizado.

     

    La portavoz de PdCAT, Lourdes Ciuró, que ha promovido la medida, considera que "se trata de prevenir casos como el sucedido en Barcelona donde un hombre se encontró su vivienda ocupada por una mafia o el caso de viviendas públicas para uso social que se encontraban ocupadas para plantar marihuana". Esta iniciativa que, según sus promotores, busca combatir "la existencia de mafias okupas que se aprovechan de la vulnerabilidad ajena".

     

     

    Solo para okupas

     

    Respecto a esta medida, envuelta en una cierta polémica, la diputada Ciuró ha querido aclarar que este cambio en la norma "no se puede aplicar a personas que dejan de pagar la cuota de alquiler, la cuota hipotecaria ni a personas que ocupan vivienda de grandes especuladores o fondos buitres".

     

    Desde el Partido Popular se ha destacado que se trata de un cambio para dar respuesta "a un aumento del 92% de los delitos de ocupación" y que se centra en "combatir a grupos criminales y movimientos antisistema que utilizan bienes públicos y privados en beneficio propio".

     

    Por su parte, desde Ciudadanos se ha criticado la distinción entre viviendas de particulares y las viviendas pertenecientes a otras personas jurídicas, por considerar el partido naranja se podrá traducir en que "se estaría poniendo la ocupación ilegal al mismo nivel que un procedimiento de expropiación publica con todas sus garantías, legitimando una suerte de expropiación ilegal y poniendo en la diana de las mafias las viviendas que queden excluidas de esta protección porque les bastaría con entrar en los portales inmobiliarios en internet".

     

    PSOE, Podemos y ERC, en contra

     

    Sin embargo, desde el PSOE, el grupo confederal Unidos Podemos y Esquerra Republicana han emitido un voto en contra.

     

    El diputado de Podemos Rafa Mayoral considera que esta modificación legal supone "violar las obligaciones internacionales en derechos humanos" porque "se impulsan procedimientos sumarios donde se restringe el derecho a la vivienda y a la posibilidad de un juicio justo" de un cambio legislativo que ha elevado a la categoría de "ataque a la democracia". Asimismo, Mayoral ha anunciado la intención de su partido para recurrir ante el Tribunal Constitucional esta modificación.

     

    Desde ERC la diputada Ester Capella i Farré ha justificado el voto en contra de su grupo explicando este cambio en la ley de enjuiciamiento civil "es una modificación procesal que no viene a solucionar el problema del derecho a la vivienda" ni a "reparar la situación real".

     

    Procedimiento

     

    Cuando el propietario haya detectado la ocupación de una vivienda las autoridades trasladarán una notificación a los intrusos, que es extensible para aquellos que no se encuentren en la vivienda en el momento de entregarse la notificación.

     

    A partir de ese momento se exigirá a los ocupantes que justifiquen la situación de posesión que podrá estar fundamentada "exclusivamente" en la "existencia de un título suficiente para poseer la vivienda o en la falta de título" por parte del propietario.

     

    Si no existiese "justificación suficiente" por parte del ocupa, "el tribunal ordenará mediante auto la inmediata entrega de la posesión de la vivienda". Una decisión sobre la que "no cabrá recurso alguno y se llevará a efecto contra cualquiera de los ocupantes que se encontraren en ese momento en la vivienda".

     

    La sentencia se dictará "de inmediato" en caso de que los ocupas no contesten al requerimiento en el plazo previsto de cinco días. La ley, además, posibilita la ejecución, si así lo solicitara el demandante, sin la necesidad de que transcurra el plazo de 20 días previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

     

    Plazo de siete días a los servicios sociales

     

    Sin garantizar la alternativa habitacional para los desahucios de estas ocupaciones, la ley contempla la comunicación "a los servicios públicos competentes en materia de política social" en diferentes fases del proceso "si procediera su actuación", aunque no de oficio sino una vez se obtuviera consentimiento de "los interesados".

     

    La primera de ellas, en caso de identificarse a los ocupantes al efectuar la notificación de la demanda, al acordarse la entrega de la posesión de la vivienda y el desalojo y también cuando se fije la fecha para ejecutar el desahucio. Al acordar la entrega de la posesión, se fija un plazo de siete días para que estos servicios públicos puedan "adoptar las medidas de protección que en su caso procedan".

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