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¿Acoso sexual en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario?

Un concejal capitalino es denunciado por acoso sexual y el alcalde por conocimiento e inacción

 

  • Lancelot Digital
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    Los medios de Fuerteventura amanecían este martes con una denuncia por acoso sexual sobre la mesa. Tal y como puede ver en la denuncia “la ex cargo de confianza y número tres en la lista de la Agrupación de Electores de Puerto del Rosario en las últimas elecciones locales, Yaiza Sotorrio Espinel, presentó el viernes una querella contra el edil José Juan Herrera Martel por la comisión de un presunto delito de acoso sexual”.

     

     

    En la denuncia se incluye al alcalde de la capital, Juan Jiménez, por, al parecer y siempre según la querellante, conocimiento de la situación e inacción para resolverla.

     

    Al parecer y según la denuncia “Herrera Martel, edil y número dos de la misma lista electoral que la querellante, se puso en contacto con ella para mostrarle sus deseos de mantener relaciones sexuales. Unas manifestaciones que según el testimonio de la denunciante se hicieron de forma reiterada a lo largo del tiempo a pesar de la negativa a acceder a las presuntas pretensiones de su compañero en la institución”.

     

    Tras denunciar la situación a varios representantes del Ayuntamiento, “que están convencidos desde la defensa que se personarán como testigos y que a su vez pusieron en conocimiento de los hechos al alcalde, Juan Jiménez, el acoso cesó, hasta que Manuel Travieso, cabeza de lista en la Agrupación de Electores, dejó de pertenecer al Gobierno municipal”, aclara Crónicas de Fuerteventura.

     

    “A partir de ese momento, y según el documento, José Juan Herrera Martel volvió a realizar a la querellante proposiciones de índole sexual y un poco más tarde las insinuaciones de que si no se accedía a las relaciones sexuales se produciría el cese de la querellante”.

     

    La demandante finalmente sería cesada y en este punto es donde incluye al alcalde en su denuncia, porque según el digital la acusada le había puesto en conocimiento del tema y no había puesto remedio a la situación.

     

    Se da la circunstancia de que el Artículo 48 de la Ley para la igualdad del 2007 plantea medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo. 

     

     

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