Domingo, 14 Diciembre 2025
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En aplicación del Real Decreto 1363/2010 de 29 de octubre, desde hace unos meses, muchas empresas vienen recibiendo una comunicación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, advirtiéndoles que próximamente va a dejar de enviarles sus comunicaciones de Liquidaciones, expedientes sancionadores y otros, por correo certificado o notificación por medio de agente.

En su lugar, las comunicaciones se harán a los interesados por procedimiento electrónico, enviándoselas a una dirección de correo electrónico que se habilitará en el servido de Correos y a la que podrá accederse a través del punto de acceso general de la Administración General del Estado (notificaciones.060.es) o en la Web de la AEAT (www.agenciatributaria.gob.es).

Esto significará que, por ejemplo, si Hacienda le impone una sanción, o le practica una liquidación, se la notificará por el procedimiento que indicamos, comenzando a correr los plazos para impugnarla a partir de la fecha en que se le deposite en ese buzón electrónico. Si usted no se entera de ello, porque no consulta ese buzón o por cualquier otro motivo, la sanción o la liquidación adquirirán firmeza y no le quedará otro remedio que pagar.

Algo así viene ya sucediendo con las multas de tráfico, que se notifican a través de la Web de la Dirección General de Tráfico, el TESTRA.

Los lectores pueden dirigirnos las preguntas o dudas que tengan al respecto a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..


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