Aena, condenada a pagar otros 15.000 euros a San Bartolomé por el parking de la T2
El Juzgado da la razón al Ayuntamiento, que sancionó a la empresa por carecer de licencia de actividad
Lancelot Digital
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado la razón al Ayuntamiento de San Bartolomé y ha impuesto a Aena una multa de 15.001 en el contencioso por el parking de salidas de la T2. Los tribunales consideran una infracción muy grave que Aena, que alegó pérdidas en el uso de dicho parking público de vehículos, careciera de licencia de actividad. "Este es un tercer logro para este Ayuntamiento, el primero fue con el parking de guaguas de la T2 y con el parking de la zona de salidas de la T1", comenta la alcaldesa, Loli Corujo
Aena interpuso recurso contra el acuerdo del pleno municipal del Ayuntamiento de San Bartolomé celebrado el 28 de mayo de 2012 en el que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto frente a resolución dictada por el expediente sancionador en el que se imponía a Aena una sanción, por no contar el parking público situado en la zona de salidas de la T2 del Aeropuerto de Lanzarote con la preceptiva licencia de actividad.
Aena por su parte solicitó que se declarara la nulidad de la resolución recurrida dejando sin efecto la sanción o si no, de entender el Juzgado la procedencia de la misma, que se redujera la cuantía por la inexistencia de beneficios generados por el parking.
El Ayuntamiento se opuso a la demanda, alegando en su defensa que "Aena desarrolla la actividad comercial de aparcamiento público en distintas zonas del aeropuerto de Lanzarote sin haber obtenido autorización alguna, siendo necesaria la obtención de título legitimante, ya que la exención del mismo prevista en la legislación estatal se refiere únicamente a la de obras y no a la de actividad". "Se trata de una infracción muy grave, y con el parking de la P2 Aena podría estar obteniendo beneficios", añaden desde el Consistorio.
El juzgado estimó que el Ayuntamiento tenía razón al sujetar la actividad a la previa obtención de título legitimante imponiendo por ello una multa de 15.001 euros, aunque la condena aún no es firme. De los tres expedientes iniciados contra Aena, por el parking de guaguas (T2), parking de vehículos (T2) y parking de vehículos (T1), ya cuenta este Ayuntamiento con tres sentencias favorables. En los tres casos, Aena ha sido condenada a pagar.