Domingo, 14 Diciembre 2025
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El Tribunal Supremo le da la razón en el ‘caso Swap’

 

  • Lancelot Digital

 

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación del Banco de Santander contra la sentencia de 2 de noviembre de 2016 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Las Palmas, ratificada posteriormente el 30 de enero de este año, por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que estableció, tal y como publica Canarias 7, la nulidad de ocho contratos de permuta financiera (el conocido como caso Swap que suscribió el Ayuntamiento de Arrecife y que son nulos de pleno derecho.

 

La decisión, contra la que no cabe apelación y que agota la vía judicial, ratifica la nulidad de los contratos que suscribieron diferentes alcaldes de Arrecife con el Banco de Santander, concretamente entre los años 2004 y 2009. En este caso el Tribunal Supremo confirma la nulidad en primera instancia esgrimida por la juez de lo Contencioso Administrativo Esperanza Ramírez, ratificada en apelación por el propio Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

 

En ambos casos, avalaron los argumentos del letrado del Ayuntamiento, Ignacio Calatayud Prats, que a su vez se apoyó en un dictamen del Consejo Consultivo de Canarias de 2013, que declaró que no cabía «la menor duda» de que la competencia para suscribir contratos privados por valor de 3 millones de euros no correspondía al alcalde, ni a los titulares de la Concejalía de Hacienda, firmantes de los documentos; sino que la atribución exclusiva para hacerlo correspondía al pleno municipal.

 

La sentencia del Supremo abre, en consecuencia, la vía para que Consistorio capitalino reclame a la entidad financiera las sumas que perdió por las operaciones derivadas de los contratos de permuta financiera, por un montante de 3 millones de euros, más los intereses, que por el tiempo transcurrido llegarían a 2 millones de euros más.

 


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