Lunes, 06 Abril 2026
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El Tribunal Supremo rechaza el recurso de una empresa que reclamaba 8,8 millones por el terreno

 

 

Lancelot Digital

 

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la mercantil Taguaro, que reclamaba 8,8 millones de euros al Ayuntamiento de Arrecife por la expropiación de una parcela situada en Valterra, en la zona conocida como Llanos de Puerto Naos. De esta forma, el alto tribunal ratifica en sentencia firme la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que inadmitió la petición de fijación de justiprecio de la propiedad de la parcela de 6.638 metros cuadrados, calificada como sistema general deportivo.

 

La empresa defendía que el terreno es suelo urbano consolidado y como tal podría ser adquirido mediante expropiación o convenio urbanístico, pero sin caber su adscripción a suelos urbanizables, hecho que niega el Tribunal Supremo, que avala el fallo del TSJC, que concluía que "sólo cabe la expropiación por ministerio de la ley para aquellos sistemas generales que hayan de obtenerse por expropiación forzosa, cuando no esté adscrito a ningún ámbito, sector o unidad de actuación”, cosa que no ocurre en este caso.

 

"En este caso es incuestionable que el suelo, destinado a sistema general, se encuentra adscrito, junto con otros y como sistemas generales a compensar, al sector 3 Capellanía como suelo clasificado de urbanizable y con sistema de ejecución privada, sin que las conclusiones a las que llega la sala 'a quo', de los datos que maneja, quepa tildarlas de arbitrarias e ilógicas" como consideraba la empresa.

 

La mercantil también impugnó en su día el Plan General por no haberse sometido al procedimiento de evaluación ambiental pidiendo su anulación, pretensión que fue desestimada. "Tampoco era exigible tal evaluación ambiental como han puesto de relieve una multitud de sentencias del Tribunal Supremo".

 

 


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