Domingo, 14 Diciembre 2025
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Lotería de Navidad

Conoce los requisitos legales, riesgos de estafa, procedimiento de cobro y fiscalidad de los premios en los décimos

  • Lancelot Digital

En unas semanas tendrá lugar el Sorteo de Navidad. Como cada año durante estas fechas festivas se multiplican las formas de participación. La compra de décimos y papeletas que se distribuyen por asociaciones, comercios y entidades locales. La compra del décimo es la más habitual, esta  viene seguida de las participaciones a través de papeletas para ayudar a alguna causa, peña o bar en tu barrio. Documentos privados que acreditan que una persona ha adquirido una parte proporcional de un décimo oficial. Su regulación deriva del marco general del Código Civil sobre obligaciones y contratos, así como de la normativa de Loterías y Apuestas del Estado como boletos oficiales.

La empresa Legálitas destaca que la participación no constituye en un boleto de lotería, sino un contrato de cesión parcial del premio potencial. El organizador de la papeleta actúa como intermediario, y debe garantizar que realmente posee el décimo que respalda las participaciones vendidas.

Se deben cumplir una serie de requisitos para que todo el proceso sea legal. Existencia de un décimo oficial. Identificación con datos como número del décimo, fracción o serie… La ausencia de un sobreprecio abusivo, se permite vincular un donativo, pero no puede superar el 20% del importe del boleto oficial. La falta de cualquiera de estos elementos puede convertir la participación en nula o fraudulenta.

Atención a las estafas más frecuentes

Suelen darse casos de venta de papeletas correspondientes a números inexistentes, copias fraudulentas de participaciones de asociaciones conocidas, cobro de sobreprecios encubiertos o problemas derivados de no custodiar correctamente el décimo original. Desde el punto de vista penal, estas prácticas pueden considerarse delitos de estafa (art. 248 y ss. del Código Penal), especialmente cuando hay intención de engañar o de obtener un beneficio ilícito. Si además se falsifica un décimo, el autor podría enfrentarse a penas de hasta tres años de prisión y multa, según lo previsto para la falsificación de documento oficial en el art. 392 CP.

Cómo se cobra una participación premiada

Las participaciones no se cobran directamente en Loterías y Apuestas del Estado. Para recibir el premio, es la entidad, asociación, empresa o particular que emitió la participación quien debe gestionarlo. Este documento privado certifica que el poseedor tiene un derecho de cobro sobre una parte del décimo original.

El responsable que conserva el décimo debe presentarlo en una administración de loterías o en un banco colaborador para cobrar el premio. Una vez recibido el importe, debe distribuirlo según el porcentaje o la cantidad jugada que figure en cada participación.

El plazo general para reclamar un premio es de tres meses desde el día siguiente al sorteo según SELAE.

Si el organizador se niega a pagar o retrasa el abono sin motivo, el titular de la participación puede reclamar judicialmente la cantidad que le corresponda, ya que la participación es prueba del compromiso adquirido.

Fiscalidad de los premios

Los premios que superan 40.000 euros por décimo están sujetos a una retención automática del 20% sobre la parte que exceda esa cantidad. Dicho importe se descuenta directamente al cobrar el premio, por lo que la retención ya queda tramitada por el organismo pagador.


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