Domingo, 05 Abril 2026
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La sentencia anula el contrato de un fondo de inversión al estimar que "no se informó adecuadamente ni de las características del producto ni de los riesgos"


  • Lancelot Digital


El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Arrecife ha declarado nulo el contrato de un fondo de inversión y condenado a la entidad bancaria a devolver al demandante todo el capital invertido en este producto financiero "por vicio en el consentimiento prestado", al estimar que la entidad bancaria "no informó adecuadamente ni de las características del producto ni de los riesgos que debía asumir".

 

Según informa Arrecife Legal, la sentencia estima íntegramente las pretensiones del demandante, "un marinero retirado de más de 80 años, sin experiencia en bolsa ni en productos financieros, que invirtió "todos sus ahorros" en un plazo fijo" en la antigua Caja Insular de Ahorros de Canaria, hoy Bankia.

 

De este modo, la citada resolución permite a este ciudadano recuperar todo el capital invertido, y resarcirse de sus pérdidas.

 

Pese a que la sentencia no es firme, supone para Arrecife Legal, despacho profesional que asesora a los pequeños ahorradores contra los abusos bancarios, un "hito en la lucha contra los abusos bancarios y las prácticas ilegales, contrarias a la normativa MIFID y la legislación que protege a consumidores y usuarios".

 

Desde Arrecife Legal se anima a todos los ciudadanos y ciudadanas canarias a que se asesoren y estudien detalladamente los documentos que se les ponen a la firma, e incluso las escrituras de constitución de hipoteca o contratos que tengan ya firmados y que podrían ser nulos en su totalidad, o pudieran incluir cláusulas que sean declaradas nulas (las llamadas cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses de demora, gastos de constitución, comisión de apertura, etc).

 

En este sentido, recuerdan que en Arrecife existe un juzgado especializado en materia de acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en los contratos de financiacion con garantías  realwes inmobiliarias cuyo prestarario sea unapersona física que es el Juzgado de Primera Instancia Número 1.


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