Conozca una a una las reclamaciones de la Sanidad canaria

De momento sigue convocada la huelga indefinida en todas las islas el próximo 8 de mayo sin que se hayan producido avances
- Lancelot Digital
La huelga indefinida, convocada en la Sanidad de todas las islas el próximo 8 de mayo, sigue en pie ante la falta de entendimiento entre los convocantes, el Sindicato de Médicos de Canarias, CESM, y la Consejería de Sanidad que dirige el socialista Blas Trujillo.
La huelga afectará a todo el personal facultativo del Servicio Canario de Salud, con cualquier tipo de contratación y de vinculación (fijo y temporal, estatutario y laboral) tanto en Atención Primaria (AP) como en Atención Hospitalaria (AH), incluyendo al personal laboral en formación (residentes) y al resto de facultativos de otras áreas e instituciones.
El Sindicato de Médicos ha mantenido desde hace meses numerosas reuniones de negociación con el objetivo de alcanzar los acuerdos necesarios que solucionen los graves problemas que afectan a los médicos de Canarias. Estas reuniones se desarrollaron con base en los documentos de propuestas de mejoras laborales y retributivas específicas para AP, AH y residentes, y dirigidas previamente a la Consejería de Sanidad y que, a su vez, constituirán el objeto de negociación del comité de huelga, según señalan en nota de prensa los médicos.
La administración, por su parte, ha adoptado una estrategia de indefinición y de aplazar en el tiempo cualquier acción que conlleve la firma de un acuerdo, continúa el sindicato. En la última reunión, celebrada el pasado 4 de abril, la Consejería de Sanidad además de confirmar el rechazo a la aplicación de diversas medidas de carácter urgente y persistir en el incumplimiento de otras ya acordadas en el pasado (algunas desde 2001), como son el aumento de la hora de guardia y el aumento de la carrera profesional, mostró nuevamente la ausencia total de consideración hacia los sanitarios, reiterando que las mejoras que se reclaman no precisan ningún tipo de acuerdo firmado que garantice su adecuado cumplimiento, quedando supeditada la permanencia de las mismas, en caso de ser llevadas a cabo, a la “buena voluntad” del actual o futuro gobierno, añade la nota de CESM.
En la actualidad, Canarias se encuentra a la cola en cuanto a la mayoría de los conceptos retributivos que se abonan al personal médico, por lo que debe ser una prioridad de esta administración, con el objetivo de que Canarias sea una comunidad autónoma competitiva y atractiva para este colectivo, en una situación global de déficits de profesionales, mejorar de manera inmediata los distintos conceptos salariales, añaden.
Esta es la lista de reclamaciones retributivas para los médicos y facultativos de la Sanidad canaria presentada a la Consejería de Sanidad.
RECLAMACIÓN MEDIDAS RETRIBUTIVAS PARA EL PERSONAL MÉDICO Y FACULTATIVO DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.
CONCEPTOS QUE REQUIEREN UNA MEJORA INMEDIATA
- Incrementar el precio de la hora por la prestación de servicios de atención continuada (tanto de presencia física como localizada) fuera de la jornada ordinaria de trabajo de lunes a viernes, sábados, domingos y festivos (guardias) equiparándola a los últimos aumentos producidos en comunidades como Baleares, Navarra, Murcia, etc.; así como la de la jornada ordinaria de trabajo nocturno (modalidad A) y en domingos/festivos (modalidad B) en el mismo porcentaje a la que se aplique a las de fuera de la jornada ordinaria.
- Duplicar la productividad variable actual como medida de incentivación, motivación, fidelización y atracción de médicos especialistas a nuestra Comunidad.
- Creación de un nuevo complemento de ultraperificidad, debido a nuestra situación geográfica y a la fractura del territorio, reconocido como “único de Europa”.
- Mediación del Gobierno de Canarias ante el Gobierno Central para la consecución del incremento del complemento de destino al nivel 26 (actualmente fijado en el nivel 24) y del complemento de indemnización por residencia como lo tienen en Ceuta y Melilla. La subida de este concepto, será equitativo para aquellas personas que cobran actualmente el nivel 26.
- Adecuación retributiva del complemento de atención continuada en régimen de localización.
- Aumento de la armonización retributiva para los SNU/SEU.
CONCEPTOS A RECUPERAR DE MANERA INMEDIATA
- Aumentar la retribución por Carrera Profesional al menos a la media del SNS (acuerdo ya firmado en 2007).
- Recuperar el 4º módulo de guardia en Atención Especializada y equiparación del mismo en Atención Primaria (establecidos en los acuerdos del 2001).
OTROS CONCEPTOS A NEGOCIAR
Con el objetivo de facilitar la lectura y estudio de este documento, los distintos puntos se han organizado por epígrafes:
Pagas extras y adicionales:
- Devolución de todos los recortes de 2009 de las pagas extras y adicional. En el caso de la paga adicional, solicitamos de manera inmediata la equiparación con el resto del personal de la Administración Autonómica (100 %).
- Que se remuneren en las pagas extras de junio y diciembre todos los complementos percibidos en el resto de las nóminas del año. Es decir, convertirlas en una paga extra real.
Productividad y complementos:
- Complemento salarial por peligrosidad en los turnos de guardia, muy especialmente en aquellos que desarrollen actividad de atención continuada (Urgencias Extrahospitalaria, Urgencias Hospitalarias, etc.).
- Incrementar el complemento a cuenta por asignación de tardes en Atención Primaria.
- Aumenta el valor global de las TSI.
- Crear un nuevo tramo de edad en las TSI, con los mayores de 80 años y los pacientes domiciliarios. La mayor complejidad de la atención y el incremento de actividades, tanto diagnósticas como terapéuticas, lo hacen imprescindible a corto plazo.
- Incluir el complemento de armonización retributiva para Odontólogos y Técnicos de Salud Pública, equiparando el mismo a su categoría correspondiente.
- Equiparación del pago de tutores de residentes tanto para los de Atención Primaria como para los de Atención Hospitalaria.
- Mejoras de los planes de refuerzos, favoreciendo ante la escasez de médicos, el doblaje del personal, con retribuciones adecuadas a las horas extras desarrolladas, con justificación de la consecución de los objetivos previamente pactados con las Gerencias.
- Armonización retributiva para los profesores vinculados a las Universidades Canarias.
Incentivos y carrera profesional:
- Crear un nuevo modelo de incentivos que dependan de los profesionales y no de las Gerencias, así como la actualización económica del mismo.
Guardias/atención continuada:
- Aumentar el precio de las 3 primeras guardias, usando como referencia las comunidades autónomas que mejor abonan este concepto.
- Aumentar la retribución de las guardias de manera sustancial (al doble de las 3 primeras) a partir de la 4º guardia presencial del mes o de la 6º localizada. Considerando que el desarrollo de más de 3 guardias presenciales al mes (o más de 6 localizadas) empeora la situación física y mental del trabajador, así como dificulta de manera sustancial la conciliación familiar, por lo que requiere una compensación justa y digna; más aún cuando se superen las 48 h laborales semanales.
- Aumentar el precio de la guardia de festivos y fin de semana (al menos en un 50%), considerando que la conciliación familiar se ve muy mermada, sobre todo en aquellos profesionales que tengan hijos en edad escolar, ya que un día libre entre semana no suple las características de tiempo y conciliación que otorga un sábado o festivo a la hora de compartir tiempo en familia.
- Mejorar las condiciones retributivas (en un % respecto al precio habitual) y/o de descanso (obtener 1 día libre extra tras la consecución de 2 guardias) de aquellos médicos que, por las características de su labor asistencial, sus guardias entrarían más dentro del concepto “atención continuada”, muy especialmente, los muy sobrecargados servicios de Urgencias Hospitalarios. Este trabajo diferencial al concepto de “guardia” debe ser retribuido con un plus económico o garantizando más descanso tras las guardias.
- Adecuación retributiva del complemento de atención continuada en régimen de localización (recogido en el apartado de prioridad): las guardias localizadas se abonarán con el 50% del valor señalado para las guardias de presencia física. No obstante, aquellas guardias localizadas que requieran la presencia del personal en el centro hospitalario en 2 o más ocasiones o que impliquen una permanencia de dos horas y media o más horas en el mismo, se abonarán del siguiente modo:
5.1. Con el valor de la hora de guardia de presencia física.
5.2. Con el valor doble del complemento de atención continuada fuera de la jornada ordinaria de localización, en el caso del personal que únicamente realice guardias localizadas, al faltar la referencia al valor de la guardia de presencia física. Se aplicará el régimen de descanso previsto legalmente cuando la asistencia en el centro se produjera a partir de las 20 horas.
- Retribución de las guardias en las situaciones de incapacidad laboral (IT) por enfermedad común (prorrateo).
- Aumentar al prorrateo de guardias en el momento de la bonificación tanto en vacaciones como en situación de IT o permiso paternal a los últimos 12 meses. En caso de no haber desarrollado la labor asistencial en dicho Servicio o Gerencia se tomará el tiempo trabajado hasta entonces siendo el tope de 12 meses.
- Cómputo del tiempo trabajado de todos los turnos, guardias presenciales o localizadas, horas extras, etc., que sean desarrollados en el puesto laboral, a efectos de tiempo trabajado para la jubilación.
RECLAMACIÓN DE MEJORAS LABORALES Y RETRIBUTIVAS PARA LOS FACULTATIVOS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE CANARIAS
- Agendas médicas de Atención Primaria:
- Carga Asistencial: máximo 30 pacientes/día en todos los Centros de Salud de Canarias, incluyendo cualquier modalidad de consulta y domicilios. Los CS que funcionen óptimamente con agendas <30 pacientes podrán continuar con este máximo que desde CESM Canarias defendemos. Se establece el compromiso de reducción progresiva de la carga asistencial por debajo de 30 pacientes/día (recomendación de 25 pacientes) para todos los CS en un plazo máximo de 3 años.
- Libre demanda: máximo 25 pacientes/agenda.
- Autogestión agenda: el resto de citas que no pertenecen al bloque de demanda serán gestionadas únicamente por el MAP, que deberá especificar a la unidad administrativa en qué casos pueden ocupar la cita administrativa sin consultar con él previamente, lo que implica establecer un acuerdo claro de funcionamiento entre categorías para dicha modalidad de consulta.
- Flexibilidad agendas: el médico que decida aumentar el bloque de demanda voluntariamente a >25 puede solicitarlo, pero en ningún caso se podrá aumentar el número de citas del bloque de demanda sin consentimiento del profesional. Se podrá disminuir el bloque de demanda en el número que se necesite para que la asistencia al paciente sin cita no implique superar el máximo acordado de 30 pacientes en los centros sin incidencias/sin agenda rebosamiento/sin SNU. Es obligación de la dirección de zona básica de salud (ZBS) efectuar los cambios necesarios de manera dinámica.
- Exceso de demanda (a partir del paciente 30):
5.1. Centros de Salud CON Incidencias/SNU: se aplicará Triaje administrativo/enfermería eficiente, si procede se derivará al servicio de Incidencias, a la agenda médica de absorción de la demanda (rebosamiento) o al SNU.
5.2. Centros de Salud SIN Incidencias/SNU:
5.2.1. Se aplicará triaje administrativo/enfermería eficiente, si procede se derivará a una agenda de rebosamiento que deberá existir en todo momento en este tipo de CS, de la cual será responsable un médico de refuerzo contratado al efecto u otro médico al que se le oferte a través del programa especial 3/23.
5.2.2. Si no se dispusiera durante un turno de esta agenda de rebosamiento y la atención que precisara el paciente fuera no demorable, se derivará al MAP que corresponda
en ese momento, el cual tendrá su bloque de demanda adaptado de tal manera que nunca supere el máximo de 30 pacientes/día.
5.2.3. Cada médico en conjunto con su director de ZBS deberán medir y establecer de manera dinámica y continua las reservas para pacientes sin cita en estos CS.
- Tiempo no asistencial: agenda con el tiempo necesario para el descanso establecido y todas las actividades no asistenciales esenciales.
- Lista de espera: Cuando exista >48 has de demora, se ofrecerá automáticamente al propio profesional del cupo, a otro del mismo EAP o a médicos de otros EAP/SNU los doblajes que se precisen para disminuir la lista de espera por programa especial 3/23. Las ZBS estarán obligadas a ofrecerlos y el profesional, en caso contrario, deberá solicitarlos bien para su propio cupo o para otros cupos también con lista de espera en su CS. Estos doblajes tienen carácter voluntario, por lo tanto, su realización no obliga a hacer otro doblaje con el mismo fin u otros contemplados en la instrucción 3/23. Estos doblajes podrán ser auditados.
- Agendas médicas de pediatras AP:
- Carga Asistencial: máximo 25 pacientes/día en todos los CS de Canarias, incluyendo cualquier modalidad de consulta y domicilios. Se establece compromiso de reducción progresiva de la carga asistencial a 20 pacientes/día para todos los CS, en un plazo máximo de 3 años.
- Libre demanda: máximo 20 pacientes/agenda.
- Autogestión agenda: el resto de las citas que no pertenecen al bloque de demanda serán gestionadas únicamente por el pediatra que deberá especificar a la unidad administrativa en qué casos pueden ocupar la cita administrativa sin consultar con él previamente, lo que implica establecer un acuerdo claro de funcionamiento entre categorías para dicha modalidad de consulta.
- Flexibilidad agendas: el pediatra que decida aumentar el bloque de demanda voluntariamente a >20 puede solicitarlo, pero en ningún caso se podrá aumentar el número de citas del bloque de demanda sin consentimiento del profesional. Se podrá disminuir el bloque de demanda en el número que se necesite para que la asistencia al paciente sin cita no implique superar el máximo acordado de 25 pacientes en los centros sin incidencias /sin agenda rebosamiento/sin SNU. Es obligación de la dirección de ZBS efectuar los cambios necesarios de manera dinámica.
- Exceso de demanda (a partir del paciente 25):
5.1. Centros de Salud CON Incidencias que atienda pediatría/SNU: se aplicará Triaje administrativo /enfermería eficiente, si procede se derivará al servicio de Incidencias, a la agenda médica de absorción de la demanda (rebosamiento) o al SNU.
5.2. Centros de Salud SIN Incidencias o no atienda pediatría/SNU:
5.2.1. Se aplicará triaje administrativo/enfermería eficiente, si procede se derivará a una agenda de rebosamiento que deberá existir en todo momento en este tipo de CS, de la cual será responsable un pediatra de refuerzo contratado al efecto u otro pediatra al que se le oferte a través del programa especial 3/23.
5.2.2. Si no se dispusiera durante un turno de esta agenda de rebosamiento y la atención que precisara el paciente fuera no demorable, se derivará al pediatra que corresponda en ese momento, el cual tendrá su bloque de demanda adaptado de tal manera que nunca supere el máximo de 25 pac/día.
5.2.3. Cada pedíatra en conjunto con su director de ZBS deberán medir y establecer de manera dinámica y continua las reservas para pacientes sin cita en estos CS.
- Tiempo no asistencial: agenda con el tiempo necesario para el descanso y todas las actividades no asistenciales esenciales.
- Lista de espera: cuando exista >48 h de demora se ofrecerá automáticamente al propio profesional del cupo, a otro del mismo EAP o a médicos de otros EAP/SNU los doblajes que se precisen para disminuir la lista de espera por programa especial 3/23. Las ZBS estarán obligadas a ofrecerlos y el profesional, en caso contrario, deberá solicitarlos bien para su propio cupo o para otros cupos también con lista de espera en su CS. Estos doblajes tienen carácter voluntario y por lo tanto su realización no puede obligar a hacer otro doblaje con el mismo fin u otros contemplados en la instrucción 3/23. Estos doblajes podrán ser auditados.
- Equipos de incidencias:
- Justificación implantación en CS o consultorio: se analizarán diversos indicadores. No es preciso que se cumplan todos:
1.1. Indicador principal (no excluyente): la media de pacientes/jornada sin cita con punto de corte comprendido dentro de una horquilla de 15-20 pacientes/jornada.
1.2. Otros indicadores: número de TSI mayor igual a 8.000 y demora media del centro para consultar con un MAP > 7 días.
Si se cumple el principal o al menos 2 de los restantes se debe automáticamente establecer un médico de incidencias en el centro/consultorio.
- No justificación:
2.1. En todo CS que no cumpla criterios para establecer servicio de incidencias se aplicará triaje administrativo/enfermería eficiente, si procede se derivará a una agenda de rebosamiento que deberá existir siempre en este tipo de centros y de la cual será responsable un médico de refuerzo contratado al efecto u otro médico al que se le oferte a través del programa especial 3/23.
2.2. Si no se dispusiera durante un turno de esta agenda de rebosamiento y la atención que precisara el paciente fuera no demorable, se derivará al MAP que corresponda en ese momento el cual tendrá su bloque de demanda adaptado de tal manera que nunca supere el máximo de 30 pac /día.
2.3. Cada médico en conjunto con su director de ZBS deberán medir y establecer de manera dinámica y continua las reservas para pacientes sin cita en estos CS.
- Funciones: solo para pacientes que acuden al CS sin cita y precisan de asistencia médica no demorable (exceso de demanda). No se pueden usar para cubrir ausencias.
- Número y carga asistencial: máximo de 30 pacientes por médico y por jornada de 7 horas. En aquellos CS donde se supere este volumen asistencial máximo por médico de manera continuada, se deberá contratar de manera permanente un segundo médico de incidencias o los que procedan, según las ratios previamente establecidos.
- Refuerzos estacionales/picos de demanda: en todos los CS con equipo de incidencias se establecerán refuerzos de forma automática y a diario de diciembre a abril (inclusive) y/o junio a septiembre (inclusive) según características de cada ZBS. No se dejará ningún servicio de incidencias sin reforzar. Si se objetivaran picos de demanda en otros periodos, también deberá establecerse refuerzos los días que sean precisos, bien a diario o los días de mayor presión asistencial de la semana (lunes, viernes o después de festivos). Se contratará al personal médico que se precise para estos periodos o para los incrementos puntuales fuera de ellos, que podrán ser movibles en función de las estadísticas de presión asistencial que surjan en cada Centro de Salud. Si no es posible la contratación por déficit profesionales se ofrecerán programas especiales de manera temporal.
- Doblajes para incidencias: Se podrá ofertar doblajes especiales 3/23 para realizar funciones de médico de incidencias/gestión del exceso de demanda, así como para los refuerzos estacionales y/o refuerzos para incrementos de demanda puntuales en estos servicios.
- Servicios de urgencias extrahospitalarias: servicio normal de urgencias, servicio especial de urgencias (SNU/SEU) y puntos de atención continuada (PAC):
- Dotación equipos: aumentar el número de médicos de manera permanente en función de diversos indicadores. No es necesario se cumplan todos.
1.1. Indicador principal (no excluyente): si se supera de manera continuada en un SNU una ratio asistencial máximo de 45 pacientes/16 horas/médico y/o 60 pacientes/24 horas/médico.
1.2. Otros indicadores: demora anual media para consulta con MAP > 7 días en la ZBS correspondiente a su ubicación, número de tarjetas sanitarias de la ZBS.
- Refuerzos:
2.1. reforzar de forma automática y a diario todos los SNU, SEU y PAC durante todos los meses identificados como de alta demanda, diciembre a abril (inclusive) y/o junio a septiembre (inclusive) en los tramos horarios donde se concentra la demanda, lunes a sábado al menos 6 horas de 17:00 a 23:00 h y domingos/festivos al menos 12 horas de 09:00 a 21:00 h o de 10:00 a 22:00 h.
2.2. No se dejará ningún SNU/PAC sin reforzar en estos periodos, si se objetivaran picos de demanda fuera de estos meses, también deberán establecerse los refuerzos necesarios bien a diario o los días de mayor presión asistencial de la semana (lunes, viernes o después de festivos).
2.3. Se contratará al personal médico que se precise para estos periodos o para los incrementos puntuales fuera de ellos ,que podrán ser movibles en función de las estadísticas de presión asistencial que surjan en cada Centro de Salud. Si no es posible la contratación por déficit profesionales se ofrecerán programas especiales de manera temporal.
- Doblajes para urgencias: los refuerzos se podrán ofertar también mediante doblajes por programa especial 3/23 u otro programa con idéntica remuneración. Podrán ofrecerse estos doblajes a cualquier médico de SNU o de EAP sino hubiera médicos disponibles en la bolsa de contratación.
- Programa especial 3/23:
- Justificación: compromiso de desvincular en 2024 la instrucción que regula los doblajes del SARS-COV 2 para garantizar su vigencia de manera permanente.
- Funciones: cobertura ausencias programadas y no programadas si no disponibilidad de personal sustituto, disminución lista de espera si demora >48 horas, refuerzos incidencias, gestión del exceso de demanda ( agendas rebosamiento), refuerzos tramos horarios SNU
- Condiciones: generación de actividad con un máximo 25 pacientes para cada una de las distintas funciones de aplicación. No hay mínimo, si no se completa la agenda por el CS con los 25 pacientes se remunera igualmente como corresponde por estar comprometido el profesional para el horario estipulado.
- Horario: 4 horas máximo.
- Orden de prelación: La descrita en la instrucción 3/23.
- Doblajes reducción lista de espera:
6.1. Cuando exista > 48 h de demora se deberá ofrecer automáticamente al propio profesional del cupo, a otro del mismo EAP o a médicos de otros EAP/SNU.
6.2. La media de pacientes atendidos para poder realizar el doblaje del propio cupo, auto doblaje, se establece entre 20-25 pacientes y para su cálculo se deberán incluir cualquier modalidad de consulta incluyendo domicilios.
6.3. El doblaje para lista de espera no debe estar supeditado al médico del cupo, si no cumple criterios o no quiere realizar doblajes se deberá ofertar a otros médicos del EAP.
6.4. Las ZBS están obligadas a ofrecerlos y el profesional, en caso contrario, debe solicitarlos bien para su propio cupo o para otros cupos con lista de espera de su mismo CS. Estos doblajes podrán ser auditados.
- Voluntariedad: los doblajes por programa 3/23 tienen carácter voluntario y por lo tanto su realización no compromete de ninguna forma a la realización de otro doblaje con el mismo fin u otros contemplados en la instrucción 3/23.
- Retribución: 300 €.
- Medidas de mejoras retributivas:
- Complemento por 3 tardes o más a la semana: para favorecer la cobertura del turno de tarde, se propone la creación de un complemento de tardes extras, para aquellos profesionales que realicen, con carácter habitual, al menos tres tardes a la semana. El importe del complemento del turno de tardes (3 o más) será de 300 €/mes.
- Cumplimiento del incentivo económico para tutores, incluyendo a los tutores colaboradores.
- Duplicar incentivos para 2024.
- Aumentar retribución por carrera profesional:
Nivel 1: 4.000 €.
Nivel 2: 7.000 €.
Nivel 3: 10.000 €.
Nivel 4: 13.000 €.
- A partir de enero de 2024.
1.1. Revisar valor global de las TSI y crear tramo para mayores de 80 años y para pacientes domiciliarios.
1.2. Aumento del valor de hora de guardia tanto ordinaria como festiva para todos los médicos/FEA en 10 euros/hora.
1.3. Aumento del valor de hora de guardia ordinaria para todos los residentes en 5 euros/hora.
- Otras medidas:
- Desburocratización del trabajo de los médicos y facultativos.
- Medidas de conciliación laboral.
- Medidas de prevención de riesgos laborales.