Domingo, 20 Septiembre 2026
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Oswaldo y Domingo

La Justicia rechaza que Lanzarote pague los más de ocho millones reclamados por la antigua concesionaria

 

  • Lancelot Digital

 

El Consorcio del Agua de Lanzarote se ha anotado una importante victoria judicial frente a Canal Gestión. El Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria ha rechazado íntegramente la reclamación de 8.081.454 euros presentada por la antigua concesionaria por las pérdidas que aseguraba haber sufrido durante la pandemia.

 

La sentencia, dictada el pasado 15 de septiembre, considera ajustada a Derecho la decisión del Consorcio de no atender una reclamación con la que Canal Gestión pretendía recuperar el equilibrio económico-financiero de la concesión.

 

La empresa argumentaba que el desplome de la actividad turística durante la COVID-19 provocó una importante reducción de los ingresos procedentes de las tarifas industrial y turística entre marzo de 2020 y mayo de 2021.

 

El Consorcio rechazó esa interpretación. Entre sus argumentos sostuvo que el servicio público siguió prestándose durante el estado de alarma y que no existió una imposibilidad total o parcial de ejecutar el contrato. Además, cuestionó que Canal calculara sus pérdidas a partir de los ingresos que dejó de percibir sin tener suficientemente en cuenta la reducción de costes derivada del menor consumo y producción de agua.

 

El presidente del Consorcio, Oswaldo Betancort, considera que la sentencia supone un respaldo al trabajo de los servicios jurídicos del Cabildo y, sobre todo, evita que más de ocho millones de euros tengan que salir de las arcas públicas.

 

En la misma línea, el consejero de Aguas, Domingo Cejas, destaca que una caída temporal de los ingresos durante la pandemia no puede equipararse automáticamente a la ruptura del equilibrio económico de una concesión prevista para treinta años.

 

La batalla judicial, sin embargo, todavía podría continuar. La sentencia no impone las costas a ninguna de las partes y Canal Gestión puede presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en un plazo de quince días.


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