Viernes, 12 Diciembre 2025
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Ignoro si es legalmente viable. La amplia trayectoria judicial que posee quizá obstaculice su tramitación. Se trataría exclusivamente de la sentencia condenatoria referida a los baños adyacentes al Santuario de Ntra. Sra. de los Dolores; servicios que, incluso mejorando el paisaje, facilitan indispensables prestaciones, influyendo, asimismo, en el juicio que sobre Lanzarote pudieran realizar cuantas personas visitan aquella zona.

El escritor y humanista Francisco de Quevedo y Villegas decía: “La justicia es una constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo que le toca”, en consonancia con legislaciones vigentes, añadiría yo. Y eso es precisamente lo que estimo han procurado administrar los tribunales juzgadores: pronunciamientos siempre respetables en un estado de derecho; pues Dimas se autocondenó quebrantando el ordenamiento jurídico, proceder que no admite ignorancia dados los cargos desempeñados.

Pero también dijo el jurista francés Charles de Secondat, más conocido como Barón de Montesquieu: “Una cosa no es justa por el hecho de ser ley; debe ser ley por el hecho de ser justa”. Dicho de otra manera: la prevalencia del interés general exige deferencia siempre; razón que mueve a la reflexión. No sería baladí incorporar, en los proyectos a tramitar parlamentariamente, disposiciones relativas al perdón cuando la vulneración repercute favorablemente en la ciudadanía.

Si prestamos atención a preceptivas licencias para ejecutar obras, creo que no sería complicado encontrarnos con establecimientos desarrollando plenas actividades careciendo, o habiendo adolecido, de algún documento obligatorio; infracciones corregidas en varios expedientes e interesando conseguirlo en otros, evitándose de este modo hayan existido políticos/-as inmersos en penas carcelarias.

A Dimas Martín Martín le fue confiada, en su día, amplia confianza popular; electo portavoz que trazó una gráfica difícilmente superable. Proporcionó al pueblo soberano elevadas cotas de bienestar económico y social, marcando un listado cuya realidad positiva está ahí, plasmada en actuaciones colectivas y personales; preexistencia extensible a numerosos lanzaroteños/-as que han ejercitado o desempeñan funciones políticas. El tangible carisma del pilista-fundador posibilitó escalonamientos que, careciendo de su asistencia, virtualmente habría sido más laborioso lograrlo. Eficiencia que ciertamente se ha visto enturbiada por reprobables procederes causantes de ser conducido a prisión. No obstante, dicha detestable conducta no debe empañar su currículum frente a la opinión pública, primordial beneficiaria del cometido que le fue encargado.

En consecuencia, parece un despropósito que el ex-dirigente citado vea aumentada la privación de libertad. Sorprende que determinado partido político, actualmente gobernando en diversas instituciones conejeras, haya sido el causante del contratiempo familiar y particular anotado, máxime tratándose de una agrupación que pretende erigirse paladín en defender necesidades de los pueblos. Hasta me atrevo a aventurar discreción en el mismo Ministerio Fiscal, departamento que, percatado del exiguo deterioro y considerable utilidad de la construcción cuestionada, dudo hubiera iniciado diligencias de oficio; pero los resentimientos viscerales y desmesurado ardor combatiendo contravenciones, desembocan ocasionalmente en tales posiciones.

Los evidentes rasgos relatados constituyen, desde mi sobrio pensamiento, suficiente acicate para iniciar un movimiento ciudadano articulante de solicitud para que, las autoridades pertinentes, exoneren a Dimas del castigo confirmado en la última instancia recurrida; petición que de ninguna manera supone censurar resoluciones tomadas por los Tribunales de Justicia.

José Antonio Peraza Bonilla


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