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Denunciados por pescar desde una embarcación de recreo el primer día de la fase I

Los pescadores tenían además a bordo capturas de especies que no alcanzaban la talla mínima permitida

 

  • Lancelot Digital
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    La Guardia Civil del Destacamento Marítimo de Fuerteventura ha denunciado a dos personas que estaban realizando pesca recreativa desde una embarcación en las proximidades  de Puerto del Carmen, actividad prohibida en la primera fase de la desescalada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Además, los pescadores incumplían la Ley que regula la captura y tenencia, antes de su primera venta, de especies de talla o peso inferior a la reglamentaria por llevar a bordo una captura de unos 5 kilos que no alcanzaban la talla permitida.

     

    El Servicio Marítimo Provincial de Las Palmas ha potenciado la vigilancia en el litoral de las islas debido a que desde el día 11 de mayo, la navegación de recreo está permitida en Canarias, pero se establecen algunas condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura, aunque no la pesca recreativa.

     

    Por ello la tripulación de la Patrullera Canal Bocayna, observó el mismo día de entrada en vigor de la normativa con ayuda de unos prismáticos como dos personas estaban pescando desde una embarcación recreativa cerca del puerto de Puerto del Carmen.

     

    Durante la inspección a la embarcación los agentes comprobaron que tenían pescado a bordo, que según el pesaje realizado se trataba de 4´75 Kg. de cabrillas y bocinegros entre los que habían piezas de pescado que no llegaba a la talla mínima.

     

    La Guardia Civil formalizó tres denuncias, una por tener pescado que no alcanzaba la talla mínima permitida y  dos denuncias, una a cada persona, por la presunta comisión de la infracción de desobediencia a la autoridad del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo (incumplimiento de medidas previstas en Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, haciendo entrega del pescado incautado a una entidad benéfica.

     

     

    Se da la circunstancia de que estas personas fueron advertidas a la salida de la embarcación por parte del personal de seguridad del referido puerto de que no estaba permitida la  pesca recreativa.

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