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Duro varapalo de Gesplan al Cabildo

Un informe de este órgano del Gobierno de Canarias considera que no está “suficientemente justificado” declarar BIC los 3 edificios de la calle Real, como defiende el Cabildo de Lanzarote 

  • Lancelot Digital
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    El Cabildo de Lanzarote y su polémica oficina de Patrimonio han recibido un duro revés en sus intenciones de declarar como Bien de Interés Cultural (BIC) tres edificios de la calle Real, en pleno corazón de la capital de la Isla. Se trata, en concreto, del famoso Hotel Oriental, situado en el número 35 de la calle León y Castillo, del edificio Tamaragua, ubicado en el número 37 de la calle Real y de El Mercadillo, inmuebles a los que la oficina de Patrimonio ha abierto expedientes para declararlo bienes inmuebles con la máxima figura de protección.

     

     

    Ahora un informe de Gesplan quita la razón al Cabildo, a su presidenta, la socialista Dolores Corujo, y a  la consejera de Patrimonio, Ariagona González, quienes no sólo defendían esos expedientes BIC, sino que trataron de descalificar a todos aquellos políticos o analistas que consideraron un exceso y una equivocación esas declaraciones. La propia Ariagona González señaló que Ástrid Pérez, alcaldesa de Arrecife y contraria a esas citadas declaraciones de BIC, actuaba contra la protección del Patrimonio y llegó a insinuar que con su gestión estaba invitando al Gobierno insular a rayar en la prevaricación.

     

    El informe de Gesplan, al que ha tenido acceso LANCELOT MEDIOS, señala en sus conclusiones que "una vez analizada la documentación obrante en las resoluciones remitida a nuestras oficinas, y tras el estudio de las sentencias, así como la normativa, se podría entender que no queda suficientemente justificado y acreditado que los inmuebles de la calle León y Castillo  cuenten con los valores sobresalientes y constituyan testimonios singulares de la cultura canaria”.

     

    Buscar otros elementos de protección

     

    En conclusión, esta oficina de Gesplan aconseja que esos edificios podrían, en todo caso, “incluirse en otros instrumentos de protección municipales o insulares más adecuados, de acuerdo con la definición y características de la Ley de Patrimonio”. 

     

    Por su parte, hace un mes el Ayuntamiento de Arrecife anunció que recurriría esas incoaciones de expedientes BIC iniciadas por el Cabildo de Lanzarote al considerar que era un exceso y que se contribuiría a paralizar la rehabilitación que deben impulsar los promotores de esos edificios, la mayoría en ruinas o muy alterados, y que no ayudaría a mejorar el centro de la ciudad, sino que provocaría su ruina.

     

    De ahí que solicitara ese informe a Gesplan para que este órgano del Gobierno de Canarias determinara la existencia de la suficiente motivación en la delimitación del bien y su entorno de protección, así como en su categorización, de conformidad con la ley 11/2019 de Patrimonio Cultural.

     

    Arrecife solicita el informe a Gesplan

     

    También el Ayuntamiento capitalino solicitó a Gesplan que valorara la existencia de injerencias en las competencias propias de la Administración local. En ese sentido, el informe de Gesplan establece que el Cabildo está en su marco competencial al intentar proteger esos edificios, aunque finalmente concluye que puede ser un exceso hacerlo con la máxima figura de la Ley de Patrimonio como es el Bien de Interés Cultural.

     

    Bienes de utilidad pública

     

    En el informe de Gesplan se recoge que la declaración de “un bien de interés cultural implica el establecimiento de un régimen singular de protección y tutela, llevando implícita la declaración de utilidad pública y de interés social a efectos de expropiación en los términos señalados en la presente ley”.

     

    Además, señala que los bienes inmuebles declarados Bien de Interés Cultural "son inseparables de su entorno terrestre y marino, tal y como consideran alguna sentencias del propio Tribunal Superior de Justicia de Canarias, TSJC, como la resolución 66/2008, de 29 de febrero de 2008, que establece que “la justificación de la incoación de un expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural no es meramente la presencia de valores históricos o arquitectónicos en el inmueble, si no de valores sobresalientes presentes en los mismos en comparación con sus iguales”.

     

    “Por tanto,” -señala el informe de Gesplan- “tal cuestión deberá resultar suficientemente justificada, ya que se estaría otorgando el grado máximo de protección, establecido por la normativa en materia de Patrimonio”.

     

    Ese informe de Gesplan, más allá de si prosperan o no finalmente esos expedientes de BIC iniciados por el Cabildo en la calle Real, demuestra al menos que hay serias dudas de que esos edificios reúnan suficientes méritos como para ser protegidos con esa figura máxima de protección. Da a entender que a veces se devalúan por parte de las administraciones los intentos por declarar cualquier bien como BIC, por mucho que tenga valores y elementos a proteger y, además, insiste en que para ello hay otras figuras de protección.

     

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