Educación aclara la polémica: los menores sí podrán recoger a sus hermanos del colegio
Las familias podrán autorizarlos de forma excepcional atendiendo a su edad, madurez y las condiciones del trayecto
- Lancelot Digital
Duda resuelta para las familias canarias. Los menores de edad sí podrán recoger a sus hermanos pequeños del colegio durante este curso 2026/2027, siempre que exista autorización y se cumplan determinadas condiciones.
La cuestión había generado cierta confusión durante los últimos días en centros educativos de Lanzarote y del resto de Canarias después de que la normativa estableciera inicialmente que los progenitores o tutores legales podían autorizar únicamente a una persona mayor de edad para recoger a sus hijos.
La situación cambia con una resolución conjunta aprobada este lunes por la Viceconsejería de Educación y la Viceconsejería de Formación Profesional, que modifica la resolución del pasado 27 de mayo.
La nueva regulación mantiene la posibilidad de que padres y tutores autoricen a otro adulto para realizar la recogida, siempre que quede constancia documental en el centro educativo, pero incorpora una excepción importante.
A partir de ahora también se podrá autorizar a un menor de edad para recoger y acompañar a su hermano o hermana, igualmente menor, una vez finalizada la jornada escolar.
No será, sin embargo, una autorización automática. Cada caso deberá valorarse teniendo especialmente en cuenta la edad, madurez y autonomía del hermano encargado de la recogida, así como la edad y necesidades del pequeño.
También deberán considerarse las características del recorrido que ambos tengan que realizar desde el centro educativo hasta su domicilio.
La modificación despeja así una de las dudas surgidas al comienzo del curso escolar y permite que las familias puedan autorizar a un hermano menor de edad para hacerse cargo de la recogida, siempre que las circunstancias concretas permitan hacerlo con seguridad.