Domingo, 14 Diciembre 2025
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Calero logró suspenderlo tras descubrir un error formal de bulto en el que nadie había caído antes

 

  • Lancelot Digital

 

José María Calero, abogado de Pedro San Ginés, en el juicio por la incautación de la desaladora de Montaña Roja, advertía a los periodistas a primera hora de la mañana y antes de iniciarse la vista, que el Juzgado de lo Penal no era competente para juzgar esta causa dado que la petición de pena superaba los 10 años de inhabilitación y que era la Audiencia Provincial la que tendría que asumir el juicio.

 

Posteriormente, y tras un receso, la jueza María Luisa Moreno le daba la razón al abogado de la defensa en base al artículo 240 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que recoge precisamente el argumento de Calero sobre las competencias judiciales en los supuestos en los que la solicitud de inhabilitación especial supere los 10 años como era el caso.

 

José María Calero, a preguntas de los periodistas, también reiteró que este  juicio no tendría que haberse celebrado dado que “no hay acusación constituida”, en referencia a que la Acusación Popular la ejercía, sin potestad para hacerlo, el Grupo Político Podemos y por tanto “ninguna persona física puede acusar a Pedro San Ginés”, si, como sucede en esta causa además, no tiene interés particular.

 

Con respecto a las dudas que suscitaba la declaración de este lunes de Francisco Perdomo, ex secretario del Cabildo, sobre si hubo o no asesoramiento a San Ginés para que adoptase la resolución de incautar la desaladora, Calero apuntó que había quedado claro que “hubo asesoramiento verbal”, independientemente de que fuera “más o menos profundo”, pero que había existido una conversación en tal sentido entre Perdomo y San Ginés.

 

 

Y para resaltar además la inexistencia del delito de prevaricación Calero añadió que “nadie le dijo a Pedro San Ginés que era ilegal llevar a cabo la incautación de la desaladora”. Y recordó, en este punto, que previamente se había producido un contencioso entre el Cabildo y Club Lanzarote, propietaria de la desaladora, que “terminó en un acuerdo extrajudicial”. Lo que para el representante legal de San Ginés significa que “no hay una ilegalidad manifiesta, propia de la prevaricación”, como solicitaba la Acusación Popular.


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