El Gobierno central mantiene el "castigo" a las pensiones anticipadas

En su propuesta, el Ministerio cambia las penalizaciones para los que se jubilen anticipadamente 23 o 24 meses antes de la edad legal de jubilación
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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha propuesto como parte de la reforma de las pensiones endurecer las jubilaciones anticipadas más tempranas y facilitar las demás. Con esta propuesta pretende favorecer que el retiro anticipado se retrase uno o dos meses sobre los niveles actuales, lo que supondría un ahorro para las arcas de la Seguridad Social.
La cartera que dirige José Luis Escrivá ya tiene lista su idea para cambiar el sistema de penalizaciones en las jubilaciones anticipadas, un encargo hecho por el Pacto de Toledo, según adelante este lunes la Cadena SER unas horas antes de que el ministro comparezca en el Congreso para informar de cómo evolucionan las negociaciones para la reforma de las pensiones.
En concreto, Escrivá quiere cambiar las penalizaciones, endurecerlas para aquellos que se retiren 24 o 23 meses antes de la edad legal de jubilación, pero suavizarlas para la mayoría de las personas que elijan un retiro anticipado de hasta 22 meses.
Actualmente la edad legal de jubilación se sitúa con carácter general en los 66 años, con lo que a partir de ahora la penalización será más dura para los que se quieran jubilar a los 64 años o 64 años y un mes, pero más baja para los que se jubilen de forma anticipadamente una vez cumplidos los 64 años y dos meses.
Jubilarse anticipadamente no es prejubilarse
Los trabajadores tienen la posibilidad de jubilarse de forma anticipada antes de cumplir la edad legal de jubilación, siempre que acrediten un número mínimo de años cotizados a la Seguridad Social, pero en función de lo larga que haya sido su carrera laboral sufrirán una reducción en la pensión.
Para aquellos trabajadores que no hayan cotizado lo suficiente para acceder a la jubilación, existe la posibilidad de prejubilarse, acordando la baja con la empresa a cambio de una indemnización que se percibirá de forma conjunta a una prestación o subsidio de desempleo hasta poder acceder a la jubilación anticipada.