El Gobierno de Canarias deberá indemnizar con 200.000 euros a los padres del joven lanzaroteño fallecido en una galería en Los Silos
En el suceso, que ocurrió en febrero de 2007, fallecieron además su novia y cuatro compañeros de excursión.
Texto: Lancelot Digital
Foto: Blog Senderismo y Agrocultura
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado al Gobierno de Canarias y a la Comunidad de Aguas de Heredamiento de Daute a indemnizar con 200.000 euros a la familia del joven lanzaroteño Ginés Ramírez Alemán, que falleció en febrero de 2007, a los 26 años de edad, en la Galería de Piedra de los Cochinos de Los Silos (Tenerife).
Además de Ginés, en el suceso fallecieron su novia, Estefanía Peña Febles, de 22 años y otros cuatros jóvenes que les acompañaban en la excursión que acabaría con su vida al adentrarse erróneamente en la peligrosa galería que no se encontraba señalizada.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha sentenciado la misma cantidad de dinero para la indemnización al resto las familias de los fallecidos. El total a desembolsar por el Gobierno canario será de 1,2 millones de euros, a los que hay sumarle los intereses de estos nueve años. El pago se realizará de forma solidaria con la Comunidad de Aguas Heredamiento de Daute, que era la que poseía la propiedad de la galería.
En su resolución, el TSJC deja claro que “resulta no ya difícil, sino imposible, poder cuantificar económicamente el dolor que supone la pérdida de un hijo”. Al respecto, añade que “la condición de perjudicados de los padres del fallecido no ofrece la mínima duda, como tampoco la ofrece las consecuencias psicológicas que debió tener el siniestro, probablemente irrecuperables”.
Dudas con consecuencias trágicas
La sentencia ahonda en que la galería, además de no tener ningún cierre, tampoco tenía ningún cartel o advertencia de peligro. “El cumplimiento de medidas de seguridad elemental, lógica y de sentido común hubieran evitado el suceso”, subraya.
La sala añade que a pesar de que los informes técnicos relacionados con la galería reflejaban la falta de elementos indispensables como un extractor de gases y un notable peligro de derrumbe, además de una clara falta de ventilación, la propiedad ni tomó medidas ni las exigió al Gobierno de Canarias, el cual es considerado en la sentencia competente a este efecto.
En esa fatídica excursión de 2007 participaron 29 personas que, según la sentencia, pretendían cruzar de un barranco a otro a través de un túnel, pero las dudas que “les surgieron” a los guías sobre el camino a seguir desembocaron en el “error con trágicas consecuencias”.
La galería en la que terminaron entrando no tenía salida. Después de recorrer 1.400 metros en tres cuartos de hora “comenzaron a sentir los efectos de la pérdida de oxígeno” lo que fue el causante de la muerte de los excursionistas. El resto pudo salir o ser rescatados del interior aún con vida”.
La sentencia del TSJC exime de culpa a la asociación y a los dos guías que también habían sido demandados por las familias. Entiende que se trataba de una “excursión de personas adultas por zonas de montaña”, cuyo fin era “recreativo o de disfrute de la naturaleza”.
Señala que aunque existió “un error” cuando buscaban el acceso a un túnel y terminaron en la galería de agua, éste no fue “determinante” para causar el trágico desenlace. Acentúa la sentencia que “hubiera podido ser evitado si la galería dispusiese de una mínima señalización”. De esa confusión fueron víctimas los propios guías, resultando uno de ellos fallecido en el interior de la galería.
Responsabilidad del Gobierno de Canarias
El TSJC cita desde el Estatuto de Canarias hasta otras normativas para evidenciar que sí era responsabilidad del Ejecutivo regional el mantener las medidas de seguridad necesarias.
En cuanto a la propiedad, la sentencia añade que no solo incumplió “las medidas de seguridad exigidas por la legislación minera”, sino también “las medidas que reclamaba el sentido común y la lógica más elemental”.