Sábado, 11 Abril 2026
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Se pueden presentar alegaciones en un plazo de 20 días para intentar normalizar esta construcción de la Fundación César Manrique cuya licencia fue anulada por la justicia

Texto y foto: Lancelot Digital 

 

El Gobierno de Canarias ha dado luz verde al trámite para intentar legalizar la Casa de las Cúpulas, propiedad de la Fundación César Manrique. Así lo publica en su edición de hoy el periódico regional Canarias 7.

 

El diario hace referencia a la publicación este viernes en el Boletín Oficial de Canarias por parte de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial de la “resolución relativa a la aprobación inicial del expediente de autorización de un taller de arte aledaño a la Casa de las Cúpulas, en Tahíche, que promueve la Fundación César Manrique (FCM)”.

 

Este anuncio abre el trámite de alegaciones por un plazo de 20 días a todos los interesados, que podrán consultar el expediente en la sede de la Dirección General de Ordenación del Territorio en Las Palmas de Gran Canaria.

 

Cabe recordar que la licencia de esta obra fue anulada por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en 2006, que luego fue ratificada por el Tribunal Supremo en mayo de 2011. Ambos fallos judiciales recogieron que la Fundación César Manrique tenía permiso para modificar una vivienda existente pero lo que hizo fue realizar una nueva construcción en suelo rústico de protección, de valor ecológico.

 

Las instalaciones comprenden una antigua vivienda de unos 300 metros cuadrados, un taller-espacio pedagógico de unos 450 metros cuadrados y una parcela circundante de 4.000 metros cuadrados.

 

La FCM solicitó en 1998 una licencia para crear un taller y la Dirección General de Urbanismo le concedió un permiso que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias definió como “ambiguo y confuso”, pues hablaba de “adecuación de la vivienda como taller y espacio expositivo” cuando la FCM había pedido “construir un taller”, motivo por el cual se anuló la licencia.

 

La decisión del TSJC se amparó también en la inexistencia de un informe jurídico por parte de técnicos municipales, así como de otro informe preceptivo y vinculante que debía ser elaborado por el Cabildo. El tribunal consideraba la posibilidad de que esta obra fuera “incompatible con el PIOT” al tratarse de un suelo rústico de protección, en la subcategoría de Malpaíses.

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