Martes, 28 Abril 2026
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En las farmacias, por ejemplo, seguirá siendo preciso llevarlas

 

  • Lancelot Digital

 

Este miércoles 20 de abril entra en vigor la finalización del uso de las mascarillas en interiores en España. Pero hay excepciones: en el transporte público, los centros sanitarios, las residencias de ancianos y las farmacias tendremos que seguir llevándola. En los centros de trabajo, la decisión será de la empresa y del departamento de prevención de riesgo, es decir de las mutuas en la mayoría de los casos.

 

Los sindicatos piden una mayor concreción, ya que esta falta de criterios determinados puede dar lugar a numerosos malentendidos que podrían acabar incluso en los juzgados.

 

Son muchas las voces que han criticado que la medida no haya sido más delimitada, es decir, que si se considera que el virus ya no es realmente tan peligroso, se quite del todo, salvo en hospitales y en el caso de personas vulnerables.

 

 

De momento, las cosas son así y será obligatoria en los espacios mencionados. Por otra parte, el Gobierno recomienda, que no obliga, llevarla en los siguientes casos:

 

En el ámbito laboral, la ponencia aconseja utilizar la mascarilla siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio.

 

En el entorno familiar, la mascarilla se recomienda en las reuniones de amigos y celebraciones privadas.

 

Se recomienda el uso de mascarilla en espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como los comercios (centros comerciales, supermercados o pequeño comercio); espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber (cines, teatros, salas de conciertos y museos) y en espacios cerrados en los que las personas permanecen un tiempo comiendo y bebiendo (bares, restaurantes y locales de ocio nocturno).


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