El Tribunal Supremo confirma la nulidad de las tarifas del agua de Inalsa

El PP acusa a San Ginés de “ocultar” la sentencia y advierte que puede suponer la devolución “de una millonada” a los usuarios, sin que se pueda hacer frente al Convenio de Acreedores. /Lea la sentencia del Supremo y la del TSJC
Lancelot Digital
Foto: Archivo Lancelot
El Tribunal Supremo ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que anuló la orden del Ejecutivo regional, de 16 de diciembre de 2008, donde se aprobó “la modificación de tarifas del servicio público de abastecimiento de agua, solicitada por el Consorcio del Agua de Lanzarote”
Así, el Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad de las tarifas del agua que ha estado cobrando a los usuarios la empresa pública Inalsa, intervenida judicialmente.
El alcance de este nuevo fallo judicial emitido el pasado 1 de julio, que ratifica la sentencia del 1 de octubre de 2010 del TSJC, “se centra en que esas tarifas de Inalsa, ahora anuladas, fueron acordadas por el Cabildo para intentar sanear Inalsa, la empresa pública del agua cuando se encontraba a un paso de su intervención judicial”, según explica el PP.
“Como se recordará, a finales del año 2008, el entonces pacto de gobierno en el Cabildo de Lanzarote, presidido por Manuela Armas (PSOE), con el apoyo del PIL, acordó una subida importante de las tarifas del agua, entre ellas la obligatoriedad de pagar una cuota fija, hubiera o no consumo de agua, por tenencia de contador. Esa cuota de servicio se estableció para sanear Inalsa y donde el mínimo era de 6 euros por recibo, para personas físicas o particulares, y 12 euros, para los contadores de empresa, además de un importante incremento por los tramos de consumo”, señalan los populares.
Además, también se incluye la nulidad de los precios por la depuración de aguas residuales que facturaba Inalsa a través de sus recibos a los abonados.
Según el PP, ahora que el Tribunal Supremo ha ratificado el fallo del TSJC de octubre del 2010, anulando las tarifas que entraron en vigor el 1 de enero del año 2009, aceptando un recurso contencioso administrativo de los empresarios turísticos de Lanzarote, “las empresas y particulares tienen el derecho a que se les devuelva estas cantidades cobradas por una Orden de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, a instancias del Consorcio del Agua de Lanzarote a través de la Dirección General de Consumo”.
Acusan a San Ginés de “ocultar” la sentencia
Los populares acusan al presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, de haber “omitido” esa sentencia, en la asamblea extraordinaria del Consorcio Insular de Aguas que se celebró el 11 de julio, para debatir sobre el acuerdo con la Junta de Acreedores de Inalsa, intervenida judicialmente y que estudia el Juzgado de lo Mercantil.
“San Ginés omitió en esa asamblea la existencia de esta dura sentencia que pudiera obligar a la devolución de una millonada a los usuarios de Inalsa en estos años atrás. Sin embargo, San Ginés, sí remitió un acuerdo de plan de pagos con los acreedores de Inalsa por cerca de 40 millones de euros procedentes de la entidad Canal de Isabel II tras la privatización del servicio de agua en Lanzarote para las próximas décadas”, apuntan desde el PP
El partido advierte que, a partir de ahora, “es muy probable, que el Consorcio del Agua de Lanzarote tenga que destinar ese dinero al reintegro de las tarifas cobradas de forma fraudulenta (sin amparo legal) a los ciudadanos y empresas de Lanzarote, y no pueda hacer frente a las cláusulas en el Convenio de Acreedores de Inalsa, con la dación y transferencias de los créditos”.