Domingo, 03 May 2026
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La nueva ordenanza que se aprobó en el Pleno del pasado sábado está siendo cuestionada por los vecinos

 

  • Lancelot Digital

 

El Ayuntamiento de Haría aprobaba el pasado sábado en sesión Plenaria la prohibición de pescar en el muelle. “Queda terminantemente prohibida la pesca desde el muelle y desde la pasarela o puente que conduce al mismo, comportando infracción grave a la presente Ordenanza”.

 

Esta ordenanza está siendo muy cuestionada por los vecinos que la consideran muy limitativa. Además, algunos han interpretado que no se refiere solo al muelle sino a la pesca en todo el litoral, algo con lo que están en desacuerdo.

 

Algunos vecinos del norte se han puesto en contacto con Lancelot, mostrando su enfado. “Mucha gente ya ha pagado su carne de pesca y ahora aprueban esto. No es que no se pueda pescar en el muelle, tampoco en el litoral, ni coger carnada de vieja, ni surfear. Esto es increíble es como si de repente deciden que no se puede hacer vino y ya está”, señalaban.

 

Acceso despejado al muelle

 

Además, la ordenanza apuntaba que “el acceso al muelle deberá quedar totalmente despejado, quedando terminantemente prohibida su ocupación con cualquier tipo de objeto o instalación, comportando infracción leve a la presente Ordenanza. El propio muelle no podrá ser ocupado por sombrillas ni análogos, comportando infracción leve a la presente Ordenanza. El deterioro del muelle comportará una infracción muy grave a la presente Ordenanza.

 

La ordenanza establecía además que “se establecerá por el servicio de socorro de la playa una zona por la que se podrán realizar actividades de surf, bodyboard o análogos, señalizadas con dos banderas verticales separadas por una franja de 50-100 metros, dependiendo de la afluencia de bañistas, perfectamente ampliable o reducible según las características concretas del tiempo, marea y cantidad de surfistas o similares”.

 

En caso de situarse fuera de la zona delimitada, también se considerará infracción leve.

 

“EI establecimiento de tablas de surf o análogos sea la específica para la entrada en la situada windsurf o análogos que se comportará infracción leve a en zonas de la playa que no entre las banderas para el desarrollo de la actividad comportará infracción leve a la presente Ordenanza.


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