Viernes, 10 Julio 2026
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El fallo puede reforzar la posición del Ayuntamiento de Yaiza, que también recurrió el deslinde por su impacto en núcleos como El Golfo

El fallo puede reforzar la posición del Ayuntamiento de Yaiza, que también recurrió el deslinde por su impacto en núcleos como El Golfo y Playa Quemada

  • Lancelot Digital

 

La Audiencia Nacional ha estimado, en lo sustancial, el recurso presentado por la promotora del Plan Parcial Montaña Roja y ha anulado la resolución del Ministerio para la Transición Ecológica que ampliaba de 20 a 100 metros la servidumbre de protección de Costas sobre dos parcelas situadas en este ámbito de Yaiza.

La sentencia considera que Costas no ha justificado adecuadamente la modificación del deslinde al basarse en un supuesto incumplimiento de los plazos de ejecución del plan parcial. Los magistrados recuerdan que la Ley de Costas únicamente permite revisar estos aprovechamientos urbanísticos cuando el incumplimiento ya existía en el momento de la entrada en vigor de la norma, en 1988, y no por circunstancias producidas con posterioridad.

Además, el tribunal reprocha a la Administración que haya fundamentado su decisión en fotografías aéreas recientes, ignorando resoluciones judiciales anteriores y una Orden Ministerial de 2000 que ya había fijado para una de las parcelas una servidumbre de protección de 20 metros. En el caso del denominado Hotel Natura, la sentencia restablece expresamente esa anchura de 20 metros, mientras que para la otra finca ordena que Costas vuelva a determinar la servidumbre conforme a los criterios legales, sin imponer automáticamente los 100 metros.

La resolución también deja sin efecto las anotaciones practicadas en el Registro de la Propiedad y condena en costas a la Administración General del Estado.

El fallo adquiere una especial relevancia para Lanzarote, ya que el Ayuntamiento de Yaiza también recurrió el nuevo deslinde al entender que perjudica gravemente a numerosos propietarios y compromete el futuro urbanístico de núcleos como El Golfo. Si el Ministerio decide recurrir en casación y el Tribunal Supremo confirma el criterio de la Audiencia Nacional, la sentencia podría sentar jurisprudencia y condicionar la aplicación de futuros deslindes de Costas en situaciones similares.

 


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