La Audiencia Provincial declara nulos los registros en la casa y oficinas de Luis Lleó
La sala considera que “no aparece razonamiento alguno que justifique la entrada” y concluye que “se vulneró el derecho a la inviolabilidad del domicilio” recogido en la Constitución Española
Yolanda Téllez
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha declarado nulos “en su integridad” los autos del 27 de mayo de 2009, dictados por el Juzgado de Instancia número 3 de Arrecife, por los que se acordaron la entrada y registro en el domicilio y oficinas de Luis Lleó dentro del caso ‘Unión’, tras un recurso presentado por su defensa
La Audiencia no hace más que confirmar lo que ya dijo el juzgado que lleva la causa y el propio fiscal, quienes ya declaro nulos los autos de los registros, ya que no habían sido incorporados al procedimiento hasta cuatro años después de que se materializaran.
“La nulidad de la que adolecen los autos de entrada y registro que sustentaron la intromisión en el domicilio y en las oficinas del denunciante es clamorosa, patente, manifiesta e inequívoca y se ha hecho valer por los recursos oportunos”, manifiesta la Audiencia Provincial, quien afirma que “se ha vulnerado el derecho a la inviolabilidad del domicilio” recogido en la Constitución Española.
Según la Audiencia Provincial, “no aparece razonamiento alguno que justifique la entrada en el domicilio que se acordó en su parte dispositiva, es más, ni siquiera aparece mencionado en los razonamientos jurídicos el nombre del titular cuyo domicilio después se acuerda entrar y registrar”.
La sala decide declarar la nulidad de los registros ahora y no durante el juicio oral, porque de no ser así Luis Lleó estaría sufriendo “las consecuencias de la irregular instrucción sumarial”.
Además, añade que, aunque hayan pasado cuatro años desde los registros, la defensa de Luis Lleó no podría haber recurrido antes, pues “difícilmente se le podían notificar los autos cuando no estaban en el procedimiento y se incorporaron a requerimiento de una magistrada distinta del magistrado autor de las diligencias de entrada y registro que se cuestionan”. Y es que, estos autos fueron incorporados al sumario cuando ya era titular del juzgado Silvia Muños Sánchez y no César Romero Pamparacuatro.
Eso sí, la Audiencia Provincial, en este auto dictado el pasado 20 de enero, no entra a determinar las consecuencias que para la causa podría tener la nulidad de los registros, “sino tan sólo acordar que son nulos de pleno derecho”.