La Cotmac aprueba de forma condicionada el informe de sostenibilidad ambiental del Plan Hidrológico de Lanzarote
También se ha dado luz verde a la realización del Plan General de Ordenación Supletorio de Tinajo
Lancelot Digital
La Comisión de Ordenación del Territorio y del Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) ha aprobado este lunes, aunque de manera condicionada, el informe de sostenibilidad ambiental del Plan Hidrológico de Lanzarote, según han trasladado a Lancelot Digital fuentes del Ejecutivo regional.
La Cotmac informó con carácter condicionado el Informe de Sostenibilidad del Plan Hidrológico Insular de Lanzarote (PHL) a la subsanación de determinadas observaciones, de manera que se reiteran cuestiones advertidas en un acuerdo de la Cotmac de 31 de marzo de 2014 y se indica la compatibilidad de las actuaciones proyectadas con la normativa de los espacios naturales protegidos afectados, entre otras cuestiones.
Además, se establece el deber de recoger los planes de gestión de las Zonas de Espacial Conservación (ZEC) terrestres y marinas, que pudieran contener determinaciones que deban ser asumidas por el PHL, así como la obligatoriedad de referenciar los apartados de la Memoria donde se localiza el registro de zonas protegidas de la demarcación (referidas a las delimitadas en cumplimiento del artículo 24 del Reglamento de Planificación Hidrológica), debiendo además incluir el correspondiente plano.
Respecto a medidas correctoras, se especifica que se tiene que desarrollar con mayor detalle las medidas correctoras indicadas en las fichas de evaluación singularizada, las cuales deberán tener su correspondiente reflejo en la normativa y valoración económica del Plan Hidrológico de Lanzarote.
El ámbito de ordenación del Plan Hidrológico, según el informe, es la demarcación hidrográfica de Lanzarote, que comprende el territorio de la cuenca hidrográfica de la isla, Alegranza, La Graciosa, Montaña Clara, Roque del Este y Roque del Oeste, y sus aguas de transición y costeras.
El Plan hidrológico, desde su doble vertiente territorial y medioambiental, distingue entre objetivos medioambientales y específicos; y además, respecto al documento de ordenación, propone actuaciones previstas con el horizonte temporal de 2015 de interés general, regional e insular.
Plan General de Ordenación Supletorio de Tinajo
Por otro lado, la Cotmac también informó que procede la tramitación del Plan General de Ordenación (PGO) Supletorio del municipio de Tinajo conforme al apartado seis de la disposición transitoria tercera de la Ley de Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, al haber superado con creces los plazos previstos legalmente (disposición transitoria tercera de la Ley de Directrices) para la adaptación Plena a las determinaciones de las Directrices.