Lunes, 06 Abril 2026
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También informó de forma favorable a una modificación del Plan General de Tinajo para la mejora de las instalaciones del Club La Santa

 

Lancelot Digital
Foto: Archivo Lancelot

 

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias informó este lunes de manera favorable a la suspensión del planeamiento municipal de Arrecife, concretamente en el ámbito del Plan Parcial de Los Geranios, para la construcción del Instito de Maneje, al concurrir motivación suficiente de excepcionalidad y de interés general apreciadas en un informe propuesta emitido por la Dirección General de Ordenación del Territorio.


De igual manera, informó de manera favorable las Normas Sustantivas de Ordenación aplicables transitoriamente en sustitución de las suspendidas y acordó instar al Ayuntamiento de Arrecife a que, en un plazo no superior a seis meses, proceda a la modificación o revisión del planeamiento suspendido, en los términos previstos en el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias.

 

El centro irá ubicado en una parcela de 13.000 metros cuadrados de titularidad municipal y se conformará de 22 aulas y capacidad para 690 alumnos, zona de administración y espacios exteriores en el que se encuentra zona de juegos, pista polideportiva, estacionamientos, etc.

 

El centro se distribuirá en tres edificios. El principal será el edificio docente, donde estarán situadas todas las aulas y estancias que determina el programa de necesidades para el uso del centro educativo, y a él se le añaden el edifició de la cafetería y más instalaciones, y el polideportivo cubierto.

 

Modificación puntual del Plan General de Tinajo para la mejora del Club La Santa


Asimismo, la Cotmac informó de manera favorable, la Modificación Puntual del PGO de Tinajo, en el ámbito de La Santa, que viene determinada por los propietarios del Club La Santa que prevén la mejora del complejo turístico, con un hotel apartamento de cuatro estrellas para 300 plazas con amplia zona recreativa ligada al deporte, salud y esparcimiento.

 

La Cotmac excluye del procedimiento de evaluación ambiental dicha modificación e informa de manera favorable la misma, aunque de manera condicionada a que se subsanen ciertas deficiencias. Entre las deficiencias detectadas se establece el deber de que se solicite informe a la Administración General del Estado, con competencia en la materia, cuando los instrumentos afectan al despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas. Además, se deberá justificar si esta modificación afecta a las redes públicas de comunicaciones, ya que, en el caso de que afecte, debe solicitarse informe. Igualmente, se deberá subsanar un condicionante establecido en un informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, y, otras observaciones.

 

Las modificaciones que se proponen tienen como objetivo dotar al complejo de un gran número de instalaciones deportivas que cumplan, a su vez, los parámetros más exigentes establecidos en la normativa deportiva. Esto implica una mayor superficie de ocupación de parcela, establecida en base a la ocupación máxima y a los retranqueos establecidos, aún más cuando las instalaciones se desarrollan en una sola planta, por no poderse superponer las mismas; al mismo tiempo que la altura se eleva a diez metros dado que la modalidad deportiva del bádminton, uso preferente del nuevo pabellón, requiere una instalación cubierta con una altura libre mínima de nueve metros.

 

Estas modificaciones no afectan a zonas verdes ni a espacios libres, no suponen el aumento de la edificabilidad establecida en el PGO vigente (11.775 metros cuadrados), ni suponen un aumento del número de plantas construidas (dos plantas), aunque supongan un aumento del volumen edificado al aumentarse la altura de las instalaciones deportivas por necesidad funcional, por lo que este aumento de volumen no representa un aumento del número de habitantes o de plazas alojativas.

 

Informe sobre el Plan de Modernización de Costa Teguise

 

De igual manera, la Cotmac acordó dar traslado de un informe al Ayuntamiento de Teguise sobre la situación determinada por la tramitación del PGO del municipio de Teguise y el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad Turística de Costa Teguise.

 

El informe señalado resuelve consultas planteadas como la relativa a si un instrumento de ordenación urbanística como es un Plan General puede modificar las determinaciones contenidas en un Plan de Modernización, a lo que se aclara que, previa realización del procedimiento necesario, se entiende que pudieran plantearse y tramitarse modificaciones o revisiones del Plan de Modernización y se considera que el Plan General sí podría modificar estas determinaciones dentro de la motivación y el marco necesario propio de sus contenidos, tal como se especifica en informe.

 

Igualmente, contesta a la cuestión de si cabría la modificación de todo tipo de determinaciones provenientes de un Plan de Modernización; y de si, en el caso de que las actuaciones privadas del Plan de Modernización se hubieran incorporado a éste sin mediar convenio firmado entre las partes, podría el Plan General eliminar dicha actuación y devolver la parcela a la situación anterior a la aprobación del Plan de Modernización, cuestión esta última en la que se contesta, en el citado informe, que si se trata de un contenido propio del planeamiento general sí se puede realizarlo.

 

También se aclara, en el caso de que existiera convenio entre las partes, si podría igualmente el Ayuntamiento modificar las determinaciones provenientes de un Plan de Modernización cuyas actuaciones privadas han sido acordadas mediante convenio.

 

La Cotmac acordó además dar traslado del acuerdo, para su conocimiento, a todos los municipios y Cabildos de Canarias.


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