Lunes, 06 Abril 2026
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Considera que no concurre ninguna de las causas alegadas por la presidenta del Cabildo para justificarlo

 

  • Lancelot Digital

 

El Ministerio Fiscal entiende, en relación con la causa relativa a la relación entre el expresidente del Cabildo, Pedro San Ginés y el letrado Ignacio Calatayud, que no concurre ninguna de las causas de recusación alegadas por la presidenta de la Primera Institución Insular, María Dolores Corujo, para recusar al juez Ricardo Fiestras.

 

Ya la mayoría de los alcaldes de la isla se habían desmarcado de dicha recusación realizada por Corujo en nombre del Consorcio Insular de Aguas. Tanto los alcaldes de Coalición Canaria, Oswaldo Betancort (Teguise) y Jesús Machín (Tinajo), como el alcalde de Yaiza, Óscar Noda (UPY), y la alcaldesa de Haría, Evelia García (PMH), que ya habían señalado en un medio de comunicación, el primero que "no les consta que el Consorcio del Agua haya recusado al juez Ricardo Fiestras", y la segunda que "ella no ha avalado esa recusación".

 

El rechazo viene dado porque nunca ha sido facultada para eso puesto que se trata de un proceso judicial distinto, usando además entre sus argumentos graves ataques reproducidos de una supuesta "noticia" de un medio de comunicación, que aportan como presunta prueba de la imparcialidad del magistrado.

 

En efecto, la acción de recusación dirigida contra el Magistrado para apartarlo es una acción con unos presupuestos diferentes a la causa principal y, por tanto, independiente a la misma. Es decir, una cosa es lo que se investiga y otra quién lo investiga.

 

Por lo tanto, el acuerdo para llevar a cabo la recusación debió ser adoptado, tal y como señalan los Estatutos tanto de INALSA como del Consorcio, tanto por el Consejo de Administración de INALSA como del Consorcio, arrogándose Dolores Corujo competencias que no le corresponden.

 

 

 


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