Domingo, 14 Diciembre 2025
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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias descarta que el magistrado maniobrara a favor de los imputados en el caso Unión

 

  • Lancelot Digital

 

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha archivado la querella contra el magistrado Rafael Lis Estévez por las supuestas irregularidades relacionadas con el robo de autos en el caso 'Unión'. Según La Provincia, el instructor de las diligencias abiertas en el TSJC, Javier Varona, acuerda el “sobreseimiento libre” de las actuaciones al descartar los delitos de prevaricación judicial, retardo malicioso en la administración de Justicia y falsedad en documento público.

 

El magistrado Lis fue denunciado en abril del año pasado ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJC por José Ramón Vera, en aquel momento secretario en el Juzgado de César Romero Pamparacuatro, que instruyó el polémico caso Unión por el que fueron detenidas mas de un centenar de personas, muchas de ellas desimputadas posteriormente. Vera llevó al Juzgado de Instrccuón número 3 (en manos de Lis) la denuncia de la desaparición de autos del caso Unión en los Juzgados de Arrecife. La denuncia fue aceptada por Lis, quien tras abrir diligencias para investigar esas desapariciones permitió la personación, entre otros, del empresario Luis Lleó, investigado en el caso Unión.

 

La querella del secretario contra el juez se basó principalmente en un auto dictado por el Lis en noviembre del 2014, en el que rechazaba la ampliación de la denuncia formulada por Lleó y la remitía al Decanato de los Juzgados para su reparto. Con ese rechazo, Vera acusó a Lis de “burlar” las recusaciones que recaían sobre él. En cambio, el TSJC no ve ninguna intencionalidad ni irregularidades achacables al juez Rafael Lis y, por lo tanto, no existe responsabilidad penal. Por ello, el instructor del TSJC, Javier Varona, ha desestimado la querrella contra el juez Lis, que sigue ejerciendo como tal en el Juzgado de Instrucción número 3 de Arrecife.

 

El Consejo General del Poder Judicial apartó a Lis del Juzgado de Instrucción número 3 en su día por no apartarse de la causa del robo o sustracción de autos al estar recusado, actuación que recurrió y en la que ahora el TSJC le da la razón a Lis.


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