La Justicia desestima una solicitud de desahucio de las "viviendas de la Iglesia" en el barrio de Argana Alt
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Lancelot Digital
Foto: Archivo Lancelot
El Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Arrecife ha desestimado la solicitud de desahucio de las viviendas llamadas de la Iglesia, en la zona conocida como el Rompimiento, en Argana Alta, presentada por Juan Antonio Rivera S. L., al considerar que el demandante no es propietario de las mismas.
Juan Antonio Rivera S. L. había presentado la demanda de desahucio al entender que dichas viviendas eran de su propiedad, al habérselas comprado a la Diócesis de Canarias en el año 2006. La sentencia judicial señala no obstante que esto no es así, puesto que lo que la Diócesis le vendió fue “solamente un solar” segregado, y no el “inmueble compuesto por varias viviendas” que está “sobre la finca transmitida”.
El auto añade que “en la escritura pública se hace referencia a unas viviendas que están sobre el solar y que Juan Antonio Rivera S. L. conoce su existencia, pero esas viviendas no son objeto de la compraventa, sin que tampoco se atribuya al comprador del solar ningún tipo de derecho (posesorio o de otra naturaleza) sobre las referidas viviendas”.
A su vez, “en la compraventa nada se dice acerca de quien sea el propietario de las viviendas, si es que existe tal propietario, ni se describen las características físicas (superficie, linderos, etc), ni registrales de las mismas”, siempre según la sentencia, que considera por lo tanto que “Juan Antonio Rivera S. L. no es propietario de la vivienda” y entonces, “carece de legitimación activa para la presentación de la demanda de desahucio”.
Por ello, el titular del Juzgado de Primera Instancia Nº 4, Juan José Cobo Plana, desestima la solicitud de desahucio, además de imponer el pago de las costas del juicio a la parte actora.
Las viviendas en cuestión están ocupadas por personas de escasos recursos a las que la Diócesis les permitió en su momento hacerlo, en algunos casos desde hace más de 50 años.