La Justicia frena el intento de Canal Gestión de cobrar casi 36 millones en tarifas del agua

El Juzgado, en un auto de este lunes, recuerda que las sentencias no fijan cantidades líquidas a abonar
- Lancelot Digital
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha rechazado la solicitud de aclaración presentada por Canal Gestión Lanzarote, que pretendía que la Justicia obligara al Consorcio del Agua de Lanzarote a pagar de forma directa las cantidades derivadas de la actualización de tarifas del agua conforme a la fórmula IPC+1%, casi 36 millones en el periodo 2017-2025.
Hay que recordar que no se han subido las tarifas del agua porque la Comisión de Precios de Canarias se pronunció en 2023 sobre la no subida de las tarifas del agua en Lanzarote, pese a la existencia de una sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) a la actualización conforme al IPC+1%.
La Comisión estimó entonces que no concurrían las circunstancias económicas y sociales necesarias para autorizar el incremento, pese a que el TSJC había reconocido judicialmente el derecho de la concesionaria a la revisión de tarifas conforme al contrato. Entre otras cuestiones, la Comisión de Precios entendía que no cabía una subida de tarifas cuando las pérdidas de agua de abasto superaban el 50 por ciento del agua producida.
En un auto firme, dictado este lunes, la magistrada considera que no procede acceder a la aclaración solicitada porque ni la sentencia inicial ni las resoluciones posteriores establecen el pago de una cantidad líquida concreta, limitándose a reconocer el derecho a la actualización tarifaria en los términos fijados contractualmente.
Este pronunciamiento judicial se conoce en un momento en el que Canal Gestión negocia con la UTE Sacyr-Aqualia la cesión del contrato, negociación amparada en el documento contractual de 2013, y después de que el Consorcio del Agua de Lanzarote aprobase una nueva prórroga hasta abril de 2026 para rescindir el contrato en el ánimo de estudiar la mejor solución para el ciclo integral del agua.
Un conflicto judicial de largo recorrido
La concesionaria había presentado un escrito de aclaración y complemento del auto de 9 de diciembre de 2025, en el que el juzgado estimaba parcialmente el incidente de ejecución y ordenaba a la Administración adoptar las medidas necesarias para actualizar las tarifas correspondientes a las anualidades vencidas entre 2020 y 2023. En ese escrito, Canal Gestión reclamaba que se incluyera expresamente la obligación de abonar las cantidades ya devengadas, que cifraba en casi 19,8 millones de euros para el periodo 2017-2023 y en más de 35,8 millones hasta el primer semestre de 2025.
La empresa sostenía que, al no haberse aplicado la revisión IPC+1%, se había generado un déficit tarifario que debía ser compensado económicamente por el Consorcio, sin necesidad de abrir nuevos procedimientos judiciales.
El juzgado lo deja claro: no hay cuantía fijada
Sin embargo, el auto ahora notificado es tajante. El juzgado recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Civil solo permite aclarar o subsanar resoluciones para corregir omisiones o errores, pero no para modificar su contenido esencial. Y subraya que las sentencias firmes existentes no determinan el pago de una cantidad concreta, por lo que la ejecución debe ajustarse estrictamente a lo que en ellas se dispone.
De este modo, la Justicia cierra la puerta, al menos por ahora, a que Canal Gestión obtenga un pronunciamiento judicial que obligue al Consorcio del Agua a pagar directamente las cifras millonarias reclamadas, dejando el conflicto centrado en la aplicación efectiva de la actualización tarifaria, pero no en el abono automático de las cantidades que la concesionaria considera adeudadas.