Domingo, 14 Diciembre 2025
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

La defensa pretende demostrar que su domicilio fiscal estaba en Portugal

. La Audiencia, por el contrario, considera evidente que tenía que tributar en España

Lancelot Digital
Foto: Lancelot

El escritor José Saramago, fallecido el 18 de junio pasado, había sido condenado en el pasado mes de abril por la Audiencia Nacional a pagar más de 700.000 euros a la Hacienda española, al entender que no podía justificar su residencia fiscal en Portugal, según reveló el abogado del Premio Nobel a la agencia de noticias Efe. La sentencia fue recurrida.
Dos meses antes del fallecimiento de Saramago, la Audiencia dictaminó que el escritor debía abonar a España 717.651 euros por los ejercicios fiscales 1997, 1998, 1999 y 2000, en los que el escritor pagó sus impuestos en Portugal, según detallas Efe.
La Audiencia Nacional desestimó así un recurso de Saramago contra una decisión del año 2008 del Tribunal Económico Administrativo, que entendió que el escritor tenía su vivienda permanente en España, concretamente en el municipio lanzaroteño de Tías, y que por tanto debía responder ante el fisco español y no el portugués.
La sentencia, que fue avanzada este martes por el diario “Canarias 7″, ha sido recurrida ante el Supremo por el abogado del Nobel. Argumenta que el escritor “tenía su centro de intereses vitales y económicos en Portugal, en donde Saramago declaró, ininterrumpidamente, la totalidad de sus ingresos”.
Pero la Inspección de Hacienda en España, según recuerda la sentencia de la Audiencia, sostiene que Saramago tenía su domicilio en Tías, poseía tarjeta de residente en España, estaba empadronado en ese ayuntamiento lanzaroteño y recibía ingresos de entidades españolas como el diario El País, la Fundación Duques de Soria, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Complutense de Madrid.
La sentencia cita -según recoge Efe- documentos periodísticos y varias relaciones de actividades públicas de Saramago, como por ejemplo la propia alusión del escritor a que residía en Lanzarote cuando recibió el premio Nobel en Estocolmo, y hasta la propia obra de Saramago, como su libro “Cuadernos de Lanzarote”, una autobiografía de su vida en esta isla.
La defensa de Saramago alegó en el proceso judicial que el escritor sufrió “una ruptura con el gobierno de Portugal tras la censura por parte de éste de su novela “El Evangelio según Jesucristo”, pero ello no supuso un traslado definitivo a la isla ni una ruptura social, económica y cultural con Lisboa, ciudad en la que vive desde 1924″.
Los abogados de Saramago subrayaron, según Efe, que el escritor “rompió con el Gobierno portugués pero no con Portugal, y por ello sigue en contacto con la vida cotidiana portuguesa. Así, existen un conjunto de circunstancias que prueban que sus vínculos personales, familiares, culturales, políticos y económicos le unen con Portugal”.
La Audiencia entendió no obstante que esas circunstancias no suponen que su residencia fiscal no esté en España. La sentencia, según el abogado citado por Efe, se encuentra en proceso de recurso ante el Tribunal Supremo, “donde su viuda y heredera Pilar del Río confía se reconozcan los argumentos que amparan la residencia fiscal en Portugal de José Saramago”.


PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
×