La Modificación anulada del PIOL retardó seis años el desarrollo turístico insular
El Tribunal Supremo, con sentencia de fecha de 26 de mayo de 2011, ha desestimado los recursos de casación interpuestos por el Cabildo de Lanzarote y la Comunidad Autónoma de Canarias contra la sentencia de 4 de junio de 2007 de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias pronunciada en su recurso que anuló el Decreto del Gobierno de Canarias 176/2004, de 13 de diciembre, de aprobación definitiva de la Modificación Puntual nº 1 del Plan Insular de Ordenación del Territorio de Lanzarote, publicada en el Boletín Oficial de Canarias del día 26 de enero de 2005, Modificación que también queda definitivamente anulada. Todos los documentos de ordenación de la Isla anulados por los Tribunales de Justicia y la casi totalidad de los que no consiguieron ser aprobados definitivamente fueron elaborados para el Cabildo por el equipo de Fernando Prats, que, simultáneamente, era el asesor en materia territorial y urbanística de la Fundación César Manrique
La Modificación Puntual nº 1 del PIOL trataba la nueva regulación, según expertos, “extremadamente restrictiva”, de los sistemas generales insulares (públicos) y los equipamientos estructurantes insulares (privados), entre ellos, los campos de golf, instalaciones recreativas y de ocio, etc. Además, regulaba la ordenación de las actividades extractivas y el turismo rural como también definía los criterios para la cuantificación de las plazas turísticas. Asimismo se ocupaba de las disposiciones transitorias del PIOL.
Esta es al primera sentencia del Tribunal Supremo sobre la Modificación Puntual que se ha dado a conocer, a la que seguirán varias más, se estima que serán otras seis, resolutorias de procedimientos judiciales iniciados, entre otros, por el Ayuntamiento de Yaiza y las patronales turísticas Asolan y Aetur. La Modificación evitó que Lanzarote contara a tiempo con una oferta deportiva y de ocio más competitiva y frenó en su momento, al entender de un amplio sector empresarial, el desarrollo turístico de la Isla, así, la Isla perdió diez años por las decisiones adoptadas por el Partido Socialista.
Antecedentes
La Modificación Puntual del PIOL fue el último de los instrumentos de ordenación territorial promovidos por el Cabildo que alcanzó aprobación definitiva, puesto que otros como la segunda Revisión Parcial de dicho Plan Insular y el Plan Especial Territorial de Ordenación Turística Insular no lograron ser aprobados definitivamente, el último porque ni siquiera comenzó su tramitación. Cabe recordar que todos los instrumentos de ordenación de la Isla, cuya andadura comenzó hace veinticuatro años
(el Avance del Plan Insular fue tomado en consideración o aprobado por el Cabildo en el año 1987) que lograron su aprobación definitiva han sido invalidados por los Tribunales de Justicia, ya que el Plan Insular de 1991 lo fue con referencia a la Urbanización Montaña Roja de Club Lanzarote, mientras que su primera Revisión Parcial de 2000 y esta Modificación Puntual nº 1 lo han sido con carácter general para la Isla.