La propiedad de Stratvs llevará un notario al desprecintado que ha pedido al Seprona
El abogado Felipe Fernández Camero no entiende por qué la Justicia decretó hace tres años el cierre cautelar de la bodega que ahora ha levantado
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La propiedad de Stratvs llevará un notario al desprecintado que ha pedido al Seprona tras el auto de la Audiencia Provincial estimando la solicitud de alzamiento de la medida cautelar de cierre y de actividad en la bodega. "A mí personalmente me parecería muy bien", señala el abogado Felipe Fernández Camero.
Camero destaca un aspecto interesante del auto judicial que a su entender puede avanzar que el delito medioambiental que se le imputa a la propiedad de Stratvs no pueda acreditarse, porque nuevos informes demostrarían que no hubo contaminación. "La situación real de la bodega entonces y ahora es la misma. Hoy no hay red hídrica y antes tampoco", afirma.
El abogado no se explica por tanto qué ha cambiado ahora respecto al momento en el que se decretó el cierre, clausura que entiende que no se debería haber llevado a cabo. Tampoco ve explicación en la postura intransigente de la Audiencia Provincial, que en un primer momento desoyó incluso al fiscal cuando pidió la apertura. "No sé qué pasó, es decir, entre la petición de Fiscalía y el momento en que se dictó un auto ratificando la clausura, no le encuentro ninguna explicación", apunta.
También resulta significativo que Stratvs fuera la única bodega de La Geria obligada a cerrar, mientras otras instalaciones en la misma situación se libraban de esta medida pese a ser también denunciadas. "Ni una solo juez del contencioso-administrativo ni de lo penal ha accedido a clausurar ninguna bodega, incluso se ha opuesto la Fisvalía porque no era proporcional. En fin, cualquier puede sacar las consecuencias. ¿Por qué no era proporcional en unos casos y en otro sí?, se pregunta Felipe Fernández Camero.
Los daños económicos y de imagen generados a la propiedad, así como a la treintena de trabajadores que fueron despedidos en plena crisis económica son, a ojo de este letrado, lo suficientemente graves como para solicitar daños y perjuicios, pero una vez se cuente con sentencia firme.