La sala desoye a la defensa y deshecha anular el juicio por la financiación ilegal del PIL

La defensa plantea que la grabación de Espino se hizo preordenada por la UCO y sin orden judicial siendo causa radical para la nulidad del proceso
- Lancelot Digital
La primera jornada del juicio sobre la financiación ilegal del PIL se estrenó este viernes en Arrecife, con el intento de las defensas de anular la causa y evitar que pueda celebrarse el juicio, argumentando que la causa está viciada desde el inicio, pues sostienen que partió de una grabación ilegal, realizada por el exsecretario insular del PSOE, Carlos Espino, sin una orden judicial. Sin embargo los tres magistrados de la sección sexta no accedieron a las peticiones de anular el juicio, que por tanto continuará a hasta el 18 de marzo.
El primer día de plenario, de los quince que durará -siete en el juzgado de Arrecife y ocho en Las Palmas de Gran Canaria-, se sentaron en el banquillo 12 acusados y las cuestiones previas dieron para situar los hechos de una causa que arroja muchas dudas sin despejar.
El juicio corre a cargo de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que preside Carlos Vielba, y que componen Emilio Moya y la magistrada Belén Sánchez Pérez (actual juez de vigilancia penitenciaria número 1 de Las palmas de Gran Canaria).
Entre las cuestiones previas planteadas por la defensa para tratar de dejar sin efecto este juicio y todo el sumario del que parte esta causa sobre la presunta financiación ilegal del PIL en Arrecife, arrancó en junio de 2008, con una grabación por otro asunto que a priori nada tiene que ver con esta pieza, que después se desgajó de la principal.
Las defensas de dos de los principales acusados, Dimas Martín, ex presidente del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) a quien se acusa de liderar una trama para cobrar comisiones ilegales en el Ayuntamiento de Arrecife, a cambio de obras; y la del exedil Antonio Machín, plantearon ayer por primera vez en un juicio que el caso estaría viciado desde su arranque.
De este modo las defensas de los acusados se aferran al hecho de que el ex consejero del Cabildo y secretario insular del PSOE, Carlos Espino, grabó con una grabadora que según éste le aportó la Guardia Civil (UCO), -aunque dicha grabadora no existe y el original tampoco- al empresario Fernando Becerra, quien al parecer intentó sobornarle. Dicha grabación, exponen las defensas que "se preordenó por agentes de la autoridad que se desplazaron desde Madrid, concretamente un capitán y un sargento que se reunieron previamente el día antes de que Espino hiciera la grabación en su despacho profesional de los Centros Turísticos, siendo este un despacho institucional".
Además, los agentes, según relató Espino y así consta en autos, le entregaron una grabadora y al día siguiente procedieron a realizar la grabación de la conversación mantenida entre Espino y Fernando Becerra, todo ello sin orden previa del juez.
Siguiendo con el relato de la defensa a raíz de dicha grabación "se montó una causa que dio pie a los pinchazos de los teléfonos, primero del ex edil, ahora acusado, Ubaldo Becerra, hermano del propio Fernando Becerra, y de ahí en cadena se procede a pinchar los teléfonos de Dimas Martín, y del resto de acusados, entre ellos, el ex edil José Miguel Pérez, ya fallecido, Matías Curbelo, hombre de confianza de Dimas Martín, también ahora fallecido, y testigo arrepentido de esta causa y de otras acusados.
Un castillo de naipes
Partiendo de la base de que dicha grabación se preordenó por agentes de la UCO y sin orden judicial, estaría viciada y daría al traste con el resto de grabaciones ordenadas por el magistrado encargado de la instrucción. Esas conversaciones a su vez se conectan meses después con una ulterior denuncia del empresario José Antonio Castellano, ligado al PIL, y padre del actual consejero de Turismo del Gobierno de Canarias - que declarar como testigo y denunciante el próximo día 11 de febrero-.
Dejaron claro las defensas de que dicha grabación es nula, y añaden que hasta la fecha no ha habido juicio alguno ni sentencia firme que haya rechazado la hipótesis de la nulidad radical de esta prueba originaria, que a su vez invalidaría el resto del procedimiento como un auténtico castillo de naipes.
Sin embargo, frente a esta hipótesis, la Fiscalía y las acusaciones particulares que ejercen el colectivo Transparencia Urbanística y el Ayuntamiento de Arrecife, lo desmienten. Para ello durante el juicio aportaron sentencias de otras dos piezas ya juzgadas (la del juicio de la casa de los Rostros de Dimas Martín y la de el llamado caso Batllori), en las que aseguran que se rechazó esta teoría por el Tribunal Supremo. Algo que las defensas niegan, al indicar que en dichos procesos el Supremo nunca entró a analizar esa grabación, pues de haberlo hecho, la causa hubiera sido radicalmente anulada.
Por ello las defensas pidieron, sin éxito, que se analice si la grabación es susceptible de tumbar todo el procedimiento, al contagiar las comunicaciones intervenidas, los registros y toda la cadena probatoria hundiendo así la causa como un castillo de naipes.
Frente a esta demanda no atendida por la sala, la Fiscalía, sostuvo que la grabación de Espino no es la clave de este procedimiento, y aunque se anulase, la causa seguiría intacta, ya que toda la investigación de esta pieza arranca de la denuncia por intento de soborno al empresario, Antonio Machín, a quien el Ayuntamiento debía un millón de euros por obras realizadas, y al que se exigían para su cobro que pagara a los ediles acusados del PIL un 10% de ese millón como comisión ilegal.
De nuevo el fiscal, Javier Ródenas, insistieron en que el asunto está zanjado, y volvieron a incidir en dos sentencias firmes del Tribunal Supremo sobre las ya referidas piezas del caso unión de Los Rostros y Batllori, donde el supremo rechazó anular el sumario de raíz. También incorporó la Fiscalía el auto del TSJC, del pasado diciembre, en el caso de Luis Lleó y Fernando Becerra, por el intento de soborno a Carlos Espino, en el que se rechazó la nulidad de dicha grabación.
Sin embargo, los abogados de los acusados desacreditaron esta prueba, señalando que el auto del TSJC no es firme, pues sobre ese asunto no ha habido juicio y sobre las otras dos sentencias del Supremo, el tribunal no entró a enjuiciar la grabación supuestamente ilegal de Espino, sino otras supuestas irregularidades.
Contaminación de la sala
De este modo, la sala denegó ayer la pretensión de las defensas de anular el juicio y todas las pruebas obtenidas a raíz de la grabación sin orden del juez de Carlos Espino, al tiempo que desestimaron la acusación a los dos magistrados, el presidente Emilio Moya y el ponente, Carlos Vielba, de estar «contaminados» por juzgar previamente dos piezas del caso Unión, con las mismas pruebas que se van a juzgar en este proceso. Una acusación que fue rechazada, pues en este caso el presidente expuso que ya tuvieron momento de recusar a los magistrados y no lo hicieron.
Gran parte de la vista celebrada se centró también en debatir sobre lo que el fiscal y las acusaciones vienen a calificar de fabulaciones de las defensas de los acusados y "relato preñado de aspectos de fabulación y muchas hipótesis". En este caso las múltiples denuncias de las defensas de los acusados tampoco sirvieron para que la sala accediera a la nulidad de las pruebas obtenidas, todo a pesar de los hechos fácticos que según los abogados apuntan a vulneraciones de derechos de los detenidos, presunta manipulación de grabaciones, no entrega de la totalidad de las grabaciones telefónicas (bloqueando así el derecho a la defensa), imposibilidad de acceso a medios de prueba, no solo a las piezas de convicción, que también se denunció que carecieron de cadena de custodia. Además de multitud de autos y resoluciones sin firma del juez instructor, quien a su vez denunció en el Juzgado de lo Penal el robo o falsificación de dichos autos, denuncias que finalmente acabó retirando el propio juez.
También se concretaron por las defensas otras presuntas irregularidades, como la firma de resoluciones para prorrogar las órdenes de intervenir teléfonos, estando el juez de vacaciones y habiendo sido sustituido por otro juez en el uso de la jurisdicción. Se citó con detalle la caótica reflejada en un informe de la magistrada Lucía Barrancos, que sustituyó al primer instructor, y a pesar de todo la sala eludió pronunciarse sobre estas irregularidades presuntas, reservándose su atribución de pronunciarse una vez que se dicte sentencia.
Por su parte y frente a este cúmulo de supuestas irregularidades usadas como argumento para invalidar la causa, el fiscal negó la ausencia de firma en las resoluciones judiciales, salvo cuatro, dijo conccretamente. también señaló que se subsanó el error material por el juez instructor de la falta de firma de los autos y respecto a la acusación a los dos magistrados de estar contaminados, señaló que Dimas Martín ya los recusó en su día en otra causa y la acción se desechó.
En la sesión el fiscal introdujo cambios en su escrito de calificación sobre el técnico Antonio Cárdenas. El fiscal modificó la acusación por un delito de fraude a la administración por el de uso de información privilegiada. Entiende el fiscal que el técnico se aprovechó de información facilitada por los ediles acusados en el plan de barrio. Asimismo las defensas pidieron varias periciales, que la Sala deberá acordar si admite. En primer lugar un peritaje del ordenador del juzgado de instrucción, que según las defensas se acordó realizar y no se hizo adecuadamente. Además se pidió tomar declaración a los agentes de policía que elaboraron la pericial sobre las grabaciones, poniendo en duda su profesionalidad y el contenido del citado informe, así como aportación del informe de peritos externos, que revelan que gran parte de dichas grabaciones se manipularon.
También se aportaron certificados del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que revelan que el juez instructor y el secretario estaban de vacaciones cuando dictaron autos esenciales como prorroga de pinchazos telefónicos o del secreto del sumario, y estaban sustituidos y sin jurisdicción, por lo que las pruebas obtenidas serían también nulas a lo que el fiscal se opuso y las acusaciones alegaron que eran informes que aludían a la intimidad del juez y el secretario y por lo tanto debían anularse.
La causa se reanudará el día 6 de este mes y abrirá el orden de declaraciones el técnico Antonio Cárdenas; seguido de Carlos Sáenz (exinterventor que cumple condena); el ex edil Ubaldo Becerra; los empresarios Antonio Gómez y Manuel Martín Brito; la técnico Elena Martín; el exedil Antonio Machín; los empresarios Samuel Lemes y Manuel Reina Fabre; y el técnico Rafael Arrocha. Para cerrar, el empresario Juan Francisco Rosa, junto a Dimas Martín.
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