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Lanzarote continuará una semana más en Fase 4

La ocupación de las camas UCI para pacientes covid y la incidencia acumulada, claves para mantener el nivel de mayor riesgo

 

  • Lancelot Digital
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    Aunque había una leve esperanza de que la buena dinámica de Lanzarote con respecto al coronavirus posibilitase el descenso de la isla a la Fase 3, finalmente, el Gobierno de Canarias ha optado por mantenerla en el nivel de mayor riesgo durante una semana más. 

     

    Es cierto que la caída de contagios ha sido notable en los últimos días, así como la reducción de la presión hospitalaria. Sin ir más lejos, este sábado se contabilizaron 14 positivos por 44 altas médicas, lo que significa que en Lanzarote los casos activos hayan descendido a 345. Con respecto a los pacientes ingresados por Covid-19, los últimos datos facilitados por Sanidad informan de que 12 personas continúan en la UCI y 15 en planta, cifra bastante inferior a la de la semana pasada

     

    Sin embargo, en el apartado de fallecidos por coronavirus, Lanzarote está sufriendo un fin de semana para olvidar. Este domingo se ha confirmado las defunciones de tres personas, que se unen a la que se produjo el sábado

     

    Incidencia Acumulada y ocupación de camas UCI

     

    Lanzarote continúa presentando unos indicadores de riesgo muy alto. La Incidencia Acumulada a 14 días es de 269 casos por 100.000 habitantes, y existe un 31% de ocupación de las camas UCI para pacientes covid. 

     

    Con el mantenimiento de la Fase 4 se cumple lo esperado por las autoridades sanitarias de la isla, que apostaban por una semana más en semáforo rojo para consolidar los buenos datos obtenidos hasta ahora. 

     

    Otras islas

     

    La Consejería de Sanidad también ha acordado este domingo, tras analizar la evolución de los indicadores, elevar a la isla de Tenerife a nivel de alerta 2 y bajar a este mismo nivel a Gran Canaria, mientras que El Hierro y Fuerteventura pasan a nivel 1. La Palma y La Gomera continúan en nivel 1. 

     

    Estas son las medidas que tienen que seguir cumpliéndose en Lanzarote

     

    Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. En el nivel de alerta 4, la permanencia de personas tanto en espacios de uso público como privado cerrados o al aire libre queda limitada al máximo de personas establecido, que es de cuatro.

     

    Limitación de cierre a las 18.00 en todas las actividades, servicios o establecimientos, salvo la actividad industrial y el comercio mayorista; comercios minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; centros y servicios sanitarios, centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, academias de idiomas y de refuerzo educativo de asignaturas incluidas en planes de estudios de educación reglada, conservatorios y escuelas de música; servicios profesionales, servicios de seguros, y empleados del hogar; servicios públicos esenciales; servicios sociales y sociosanitarios; centros o clínicas veterinarias; establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustibles para automoción; alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos; servicios de entrega a domicilio; comedores sociales; servicios funerarios y velatorios; centros deportivos al aire libre para la práctica deportiva individual; centros para la ejecución de medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores y puntos de encuentro familiar; restaurantes y cafetería para la entrega a domicilio y recogida en el local; establecimientos de restauración integrados en establecimientos de alojamiento turístico exclusivamente para el uso de sus clientes, centros sanitarios, establecimientos con servicios de comedor de carácter social y de centros de trabajo destinados a sus trabajadores y de centros de educación.

     

    Se mantiene la restricción de entrada y salida de personas en Lanzarote, salvo por causa justificada que se produzca por alguno de los motivos contemplados en el artículo 6 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre. Esta medida podría complementarse con limitaciones que puedan establecerse en ámbitos territoriales inferiores al insular en función de la situación epidemiológica.

     

    La limitación de la libertad de circulación de personas en horario nocturno continúa establecido como hasta ahora, es decir, entre las 22.00 y las 6.00 horas en todos los días. Estas limitaciones no afectan a la realización de las actividades esenciales recogidas en el artículo 5 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre, como son la adquisición de medicamentos y productos sanitarios en oficinas de farmacia; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, y asistencia y cuidado de animales domésticos o en explotaciones ganaderas, entre otras.

     

    Medidas generales para el ámbito laboral. La prestación de servicios se realizará, preferentemente, de modo telemático en aquellos casos en los que sea posible o estableciendo turnos que limiten lo máximo posible el contacto entre trabajadores. Solo se permitirán reuniones laborales imprescindibles, garantizando siempre el uso de mascarilla, la distancia interpersonal y el aforo del 33%.

     

    Medidas específicas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. En el nivel de alerta 4, no se podrá superar el 50% del aforo autorizado en terrazas al aire libre, quedando prohibido el servicio en zonas interiores. La ocupación máxima por mesa será de cuatro personas y está prohibido el consumo en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 18.00 horas. Se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local y la entrega a domicilio hasta las 22.00 horas.

     

    Práctica deportiva. Al aire libre solo se permite el deporte individual y aquel en el que se pueda mantener la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente. No podrán practicarse deportes de equipo ni aquellas prácticas y ejercicios en los que no se pueda garantizar esa distancia. La práctica de actividad física y deportiva en zonas interiores de instalaciones y centros deportivos queda prohibida. Durante la vigencia del nivel de alerta 4 se prohíbe cualquier tipo de actividad física o práctica deportiva no profesional en la que no se pueda mantener la distancia interpersonal de 2 metros en todo momento, incluidos los deportes de equipo, si bien podrán realizarse entrenamientos y actividad física en las que se garantice esa distancia.

     

    Eventos deportivos. Podrán celebrarse eventos profesionales y, para el caso de los no profesionales, solo aquellos en que los deportistas o jugadores puedan mantener la distancia de seguridad de dos metros permanentemente. En ningún caso se permite la asistencia de público, salvo en el caso de acompañamiento a menores.

     

    Actividad de guía turístico. Estas actividades se desarrollarán en grupos con un máximo de 4 personas, sin superar el número total de 12 personas. En el caso de actividades al aire libre en las que pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal entre los distintos grupos permanentemente, se permite hasta un máximo de 20 personas.

     

    Actividades de turismo activo. Se llevarán a cabo en grupos de convivencia de un máximo 4 personas y no podrán superar el número total de 12 personas. En el caso de actividades al aire libre en las que pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal entre los distintos grupos permanentemente, se permite hasta un máximo de 20 personas.

     

    Locales y centros comerciales. El aforo de los establecimientos y locales comerciales minoristas en islas en nivel de alerta 4 no podrá superar el 25%. En el caso de centros y parques comerciales, la capacidad de las zonas comunes se limitará al 25% del aforo.

     

    Las visitas a los museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales en el nivel de alerta 4 se desarrollarán sin superar el 25% del aforo autorizado para todas las salas y espacios, con un número máximo de 4 personas en actividades en grupo.

     

    Establecimientos y locales de juegos y apuestas. En el nivel de alerta 4, los locales de actividad recreativa de juegos y apuestas permanecerán cerrados.

     

    Ceremonias y otras celebraciones religiosas o civiles. No podrá superarse el 50% de aforo al aire libre, ni el 25% del aforo autorizado en zonas interiores, con un máximo de 10 personas.

     

    Playas y piscinas naturales. En las playas el aforo será del 50% y en las piscinas naturales será del 33%. En las playas, en este nivel de alerta solo se permite la práctica de deporte individual, siempre que pueda garantizarse la distancia de seguridad de 2 metros con otras personas permanentemente.

     

    Mercadillos. En el nivel de alerta 4 no se podrá superar el 33% del aforo establecido por cada ayuntamiento para mercadillos al aire libre y del 25% para aquellos que se celebren en espacios cerrados. No podrán realizarse mercadillos esporádicos o extraordinarios sujetos a autorización.

     

    Centros hospitalarios y centros de atención sociosanitaria. En los centros hospitalarios se suspenden las visitas externas, salvo en el caso de menores de edad, gestantes, de acompañamiento a pacientes terminales y de aquellas otras situaciones clínicas que se consideren necesarias a criterio del facultativo. En las residencias de mayores, se suspenden las salidas de los residentes fuera de los centros y las visitas externas, salvo en el caso de acompañamiento a pacientes terminales y aquellas otras situaciones que se consideren necesarias a criterio de la dirección del centro por motivo sanitario. De esta limitación estarán exentos aquellos pacientes que sean casos confirmados con infección resuelta. Además, se recomienda la utilización de mascarillas tipo FFP2 y pantallas protectoras faciales por parte del personal que tenga atención directa con los pacientes en esos centros, así como reforzar la ventilación.

     

    En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, en islas en niveles de alerta 4, queda reducido su aforo al 50%. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta, se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables. Se recomienda aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, lo que incluye no comer ni beber y hacer un uso correcto de la mascarilla.

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