Las licencias de Costa Roja, anuladas
La Justicia da la razón al Cabildo y anula las licencias de este macro proyecto urbanístico que el empresario Luis Lleó quería llevar a cabo en Playa Blanca
Lancelot Digital
Foto: Archivo Lancelot
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha anulado las licencias del macro proyecto urbanístico de Costa Roja, que preveía 1.012 viviendas, 220 locales comerciales y 2.559 plazas de garaje en Playa Blanca, autorizado en 2006 por el alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes.
Las licencias fueron suspendidas cautelarmente en septiembre de 2007, en espera de que se resolviera un recurso presentado por el Cabildo, que reclamó la nulidad de las mismas. Ahora, el juzgado ha estimado dicho recurso y, con ello, anulado las licencias urbanísticas de esta macro urbanización, que pretendía poner en marcha el empresario Luis Lleó, imputado en el caso ‘Unión’, por presuntamente intentar urbanizar de nuevo Costa Roja mediante un intento de soborno.
El juzgado considera que las licencias dadas por el Ayuntamiento de Yaiza a Residencial Costa Roja son ilegales, en primer lugar porque carecen del propio informe jurídico. “El informe jurídico que obra en el expediente carece del contenido propio para ser calificado como informe jurídico, al omitir referencia expresa a la solicitud formulada. Y esta falta de contenido conlleva a la anulación del acto”, recoge la sentencia, que añade que además, en el presente caso, “incluso se dicta el informe jurídico remitiéndose a que disponga de un futuro informe técnico”. Esto, a juicio de la sala, “es suficiente para anular los actos impugnados por incurrir en vicio de nulidad absoluta”.
Pero además, el tribunal considera que queda acreditado que las licencias se otorgan para la construcción de un macro proyecto edificatorio, “sobre unos terrenos que carecen de cualquier tipo de ordenación pormenorizada”. Asimismo, añade la sala, “se ha omitido el informe del Cabildo sobre la compatibilidad del proyecto con el PIOT, al no estar adaptado el Plan General de Yaiza al Plan Insular”.
La sentencia también destaca que el macro proyecto “incumple de forma ostensible los parámetros del PGO en el suelo afectado, una vez sean ordenados por el correspondiente planeamiento de desarrollo, al tener el proyecto una edificabilidad cuatro veces superior a la permitida, tal y como se desprende del informe emitido por la Oficina del PIOT.”