Pamparacuatro pide anular un documento que demostraría que pudo dictar resoluciones del caso 'Unión' sin tener jurisdicción
El documento del TSJC recurrido por el juez advierte que de confirmarse que adoptó hasta 15 dictámenes y autos estando sustituido por otro magistrado habría "apariencia delictiva"
Lancelot Digital
El juez César Romero Pamparacuatro ha recurrido vía contencioso administrativo la certificación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que, según publica Canarias 7, demostraría que pudo dictar resoluciones del caso Unión estando sustituido por otro juez al encontrarse el propio Pamparacuatro ausente por vacaciones o permiso. Este órgano advierte en un auto del pasado julio que de ser así, habría "apariencia delictiva".
Según este diario, el juez alega que se trata de un expediente personal que afecta a datos sensibles, que invaden sus intimidad, además de añadir que la secretaria de la Sala de Gobierno del TSJC que emitió el certificado es incompetente para emitir dicho documento. El Ministerio de Justicia ya desestimó un recurso gubernativo del propio juez denegando la nulidad de dicho documento. Denegó que se atentara contra su intimidad en dichos certificados y contra la Ley de Protección de Datos.
Fue Luis Lleó, imputado en el caso Unión quien, según Canarias 7, solicitó dicho documento, acogiéndose al derecho a conocer el juez predeterminado por la ley, y pedía a la secretaria de la Sala de Gobierno del saber quiénes eran los jueces, tanto titulares como sustitutos de dicho Juzgado entre el 5 junio de 2008 y el 13 de septiembre de 2010, que intervinieron en las diligencias previas 697/2008 del caso Unión; así como una relación de los periodos en que el juez César Romero Pamparacuatro fue sustituido por bajas, vacaciones y otras ausencias.
El certificado, del que Pamparacuatro pide su nulidad, demostraría que el magistrado adoptó unas 15 resoluciones y autos de calado en el caso pese a estar supuestamente sustituido, según este diario, que recuerda que la Audiencia Provincial ya expuso en un auto del 8 de enero que el certificado podría tener consecuencias para el caso, pues confirmaba que el juez, el secretario y el fiscal estaban ausentes o tenían vacaciones cuando firmaron órdenes de prórroga de pinchazos telefónicos y otras resoluciones. En dicho auto, la sala revocó la decisión de la actual instructora del caso, Silvia Muñoz, que se opuso a admitir como prueba los certificados.
"El hecho de encontrarse de vacaciones no les priva de jurisdicción o competencia, si bien no existiera otro magistrado, fiscal o secretario que les sustituyera, pues de existir, evidentemente estos serían en el caso del magistrado designado por la ley, lo que podría tener incidencia en las resoluciones dictadas", expuso la Audiencia Provincial.
En otras resolución de julio, el TSJC fue más allá afirmando que de confirmarse que el juez careciera de jurisdicción en esas fechas al ser sustituido por otro titular o suplente, "la apariencia delictiva ya aflora".