Viernes, 05 Diciembre 2025
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Pedro Sánchez riendo

El PSOE presentó un escrito jurídico que señala que las administraciones locales no tienen competencia para este tipo de declaraciones

 

  • Lancelot Digital

 

Se acabó la polémica. Finalmente, Pedro Sánchez no será declarado persona ‘non grata’ de Lanzarote, como proponía en una moción para debatir en el Pleno del cabildo de este viernes, el Partido Popular, y podrá pasar sus vacaciones sin problemas en la isla.

 

Un escrito del partido socialista, registrado ante la Presidencia y la Secretaría del Pleno, “deja claro que las administraciones locales no tienen competencia para este tipo de declaraciones, y que, de adoptarse, serían nulas de pleno derecho”, y lo avaló aportando una sentencia reciente del Tribunal Supremo (Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 23 de febrero de 2004).

 

Ciertamente llama la atención que en 2014 el PSOE de Dolores Corujo no argumentara ese escrito cuando apoyó la declaración de persona ‘non grata’ para el líder el PP en Canarias, José Manuel Soria, en su época de ministro de Turismo y Energía del Gobierno de Rajoy. En aquel entonces, sí utilizaron la ‘fobia’ ideológica y lo que ahora consideran un disparate jurídico: que una administración local se posicione y ataque a un adversario político.

 

Según el PSOE ahora "La justicia ha hablado alto y claro: los cabildos y ayuntamientos no pueden utilizar las instituciones como altavoz de sus fobias ideológicas. Hoy hemos parado un disparate jurídico y un ataque institucional al presidente del Gobierno", tal y como ha señalado la secretaria general y Diputada en el Congreso María Dolores Corujo.

 

El PP responde

 

Ante la decisión adoptada hoy por la Presidencia del Cabildo, previo acuerdo de la Junta de Portavoces, de rechazar el debate y votación en el pleno convocado mañana viernes 25 de Julio de la moción presentada por el Grupo Popular para la declaración de persona non grata al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, queremos expresar lo siguiente:

 
Uno.- La moción del Grupo Popular figura oficialmente en el orden del día del pleno de la Corporación, que fue aprobado en tiempo y forma -como establece el Reglamento Orgánico del Cabildo- por la Presidencia con la asistencia de la Secretaría General.

 
Dos.- Los argumentos esgrimidos posteriormente por la Secretaría General y asumidos por la Presidencia para su retirada del orden del día, a instancia de un escrito del Grupo Socialista, obedecen a una interpretación que el Grupo Popular no comparte, al considerar que colisionan con el derecho que asiste a los consejeros insulares de presentar iniciativas en el pleno de la institución.

 
Tres.- Conviene tener presente que los consejeros insulares, cuando presentan mociones, están ejerciendo su derecho fundamental al ejercicio del cargo representativo para el que han sido elegidos, derecho fundamental consagrado en la Constitución Española.

 
Cuatro.- Respecto a la naturaleza de la moción del Grupo Popular, se recuerda que el Reglamento Orgánico del Cabildo –artículo 82- establece con meridiana claridad que "excepcionalmente las mociones se utilizarán para que el Pleno, en representación del Cabildo o de la Isla, formule una declaración de ideas o de sentimientos, de contenido meramente político, respecto a un tema que considere que le afecta".

 
Cinco.- De hecho, es público y notorio que el Grupo Socialista ha promovido y apoyado mociones de idéntica naturaleza en numerosas corporaciones españolas, incluido el Cabildo Insular de Lanzarote.

 
Seis.- El Partido Popular no se explica la desesperación del Grupo Socialista por evitar a cualquier precio -conculcando incluso un derecho fundamental- el debate de una moción que aún careciendo de efectividad permite dar testimonio y ser cauce de expresión democrática de una mayoría social.

 
Siete.- Resulta evidente que el Grupo Socialista prefiere amordazar el debate político en el Cabildo antes de que se puedan debatir tantos los escándalos de corrupción que afectan a Pedro Sánchez en su familia, en su partido y en su gobierno como los incumplimientos sistemáticos con sus responsabilidades para con Lanzarote y La Graciosa.

 
Ocho.- Por todo ello, el Partido Popular lamenta la determinación adoptada porque representa un veto al debate político y democrático que le es propio al pleno y porque cercena el ejercicio del derecho fundamental de los consejeros insulares, sentando un peligroso e indeseado precedente en el Cabildo.

 
Nueve.- En consecuencia, el Partido Popular se reserva el derecho a presentar un Recurso de Reposición ante el propio Cabildo, formular un Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, sin descartar la vía penal porque podríamos estar ante un delito constitutivo de vulneración de derechos constitucionales.
 


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