Domingo, 14 Diciembre 2025
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Llegaron a vender habitualmente hachís y marihuana a un total de 1.500 socios

 

  • Lancelot Digital

 

El presidente y a la secretaria de la Asociación Cannábica Weed Apothecary de Lanzarote serán juzgados este miércoles en Arrecife por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, acusados de un delito contra la salud pública y otro de asociación ilícita.

 

Los acusados obtenían de diversos proveedores, el hachís y la Marihuana que se suministraba en el citado local de la asociación, “careciendo, no obstante, de cualquier autorización administrativa para la producción y distribución de la marihuana, no constando que se hubiera solicitado licencia de la Agencia Española de Medicamentos y productos sanitarios, organismo facultado para ello conforme al Real Decreto 1275/2011 de 16 de Septiembre. Desde que asumieron sus cargos asociativos se pretendía por los acusados permitir el acceso a sustancias que causan daño a la salud a una pluralidad indiscriminada de personas, en tanto que se podía incorporar como asociado cualquier persona que “fuese consumidor de cannabis o hubiese sido diagnosticado de alguna enfermedad para la que el uso terapéutico o paliativo de los cannabinoides haya sido probada científicamente y fuese mayor de edad””, señala el escrito de acusación.

 

Llegaron a contar desde el 28 de Abril de 2016 hasta el 7 de Febrero de 2019, “con un total de 1501 socios, sin constancia de bajas. Ninguna de las normas de la asociación contemplaba que entre los asociados en el interior o en el exterior del local se compartiese el consumo de cannabis; así como, tampoco contemplaba el modo en que los asociados podían obtener cannabis, ni un límite máximo de retirada”.

 

Los acusados con total desprecio por la salud ajena, como presidente de la asociación, en el caso de C.G.y como secretaria de ésta, en el caso de N.J., utilizaron la asociación con el propósito de proceder a la venta y distribución de Marihuana y Haschish a terceras personas a cambio de dinero, realizaron numerosas ventas.

 

Por todo ello, procede imponer al acusado C.G., por el delito contra la salud pública, la pena de PRISIÓN de 3 AÑOS, la pena de multa de 31.783,474 euros y por el delito de asociación ilícita, la pena de PRISIÓN de 4 AÑOS, la pena de multa de 24 MESES con una cuota diaria de 12€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago .

 

Mientras que procede imponer la acusada N.J., por el delito contra la salud pública, la pena de PRISIÓN de 3 AÑOS, la pena de multa de 31.783,474€, con la responsabilidad personal subsidiaria de 5 meses de prisión y por el delito de asociación ilícita, la pena de PRISIÓN de 3 AÑOS, la pena de multa de 24 MESES con una cuota diaria de 12€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.


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