Viernes, 05 Diciembre 2025
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palacio justicia las palmas

El juzgado mercantil considera que no hubo mala fe

  • Lancelot Digital

 

Un vecino de Lanzarote ha conseguido la cancelación de una deuda de 15.855,54 euros gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, tras una sentencia favorable del Juzgado de lo Mercantil número uno de Las Palmas de Gran Canaria. El tribunal ha estimado que el deudor actuó de buena fe y ha declarado extinguido el pasivo.

La resolución judicial desestima las alegaciones presentadas por Cajamar Caja Rural y la Agencia Tributaria, que sostenían la existencia de un supuesto endeudamiento temerario. No obstante, el juez concluye que no se puede atribuir intencionalidad dolosa al deudor, y que las deudas privadas datan de los años 2020, 2021 y 2022, sin que los acreedores participaran activamente en el proceso concursal.

La Ley de la Segunda Oportunidad, recogida en la Ley 25/2015, permite a particulares y autónomos solicitar la exoneración de sus deudas bajo ciertas condiciones, principalmente la inexistencia de mala fe y la insolvencia acreditada. Este mecanismo busca ofrecer una salida legal a personas que no pueden afrontar sus cargas económicas y necesitan reiniciar su situación financiera.

 


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